I. Disposiciones generales. BANCO DE ESPAÑA. Entidades de crédito. (BOE-A-2021-21666)
Circular 6/2021, de 22 de diciembre, del Banco de España, por la que se modifican la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, y la Circular 4/2019, de 26 de noviembre, a establecimientos financieros de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 166103
ANEJO 2
Anejo 7.1 Sectorización mínima en la base de datos
– Administración Central.
• Estado.
• Organismos autónomos y similares.
• Empresas.
– Administraciones Autonómicas o Regionales.
• Administración General.
• Organismos autónomos y similares.
• Empresas.
– Administraciones Locales.
• Administración General.
• Organismos autónomos y similares.
• Empresas.
– Administraciones de la Seguridad Social.
– Organismos internacionales y supranacionales (excepto bancos multilaterales de
desarrollo).
• Administraciones Públicas.
• Otros intermediarios financieros.
– Bancos multilaterales de desarrollo.
• Instituciones financieras monetarias.
• Resto.
– Bancos centrales (incluido el Banco Central Europeo) y autoridades monetarias
nacionales.
– Entidades de crédito [artículo 4, apartado 1, punto 1, letra a), del Reglamento (UE)
575/2013].
– Entidades de crédito sujetas a requerimientos de reservas que no son IFM [aquella
entidad de crédito cuya actividad no esté contemplada en el artículo 4, apartado 1,
punto 1, letra a), del Reglamento (UE) n.º 575/2013].
– Establecimientos financieros de crédito (EFC).
– Entidades de dinero electrónico.
– Fondos del mercado monetario (FMM).
– Otras instituciones financieras monetarias.
– Entidades de seguros.
– Fondos de pensiones.
– Fondos de inversión mobiliaria, excepto los FMM.
– Fondos de inversión inmobiliaria.
– Fondos de inversión libre.
– Fondos de capital riesgo.
– Sociedades de inversión mobiliaria.
– Sociedades de inversión inmobiliaria.
– Sociedades de inversión libre.
– Resto de las instituciones de inversión colectiva.
– Sociedades de valores (ESI).
– Sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario.
– Sociedades de capital-riesgo.
– Sociedades y fondos de titulización.
cve: BOE-A-2021-21666
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 166103
ANEJO 2
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– Administración Central.
• Estado.
• Organismos autónomos y similares.
• Empresas.
– Administraciones Autonómicas o Regionales.
• Administración General.
• Organismos autónomos y similares.
• Empresas.
– Administraciones Locales.
• Administración General.
• Organismos autónomos y similares.
• Empresas.
– Administraciones de la Seguridad Social.
– Organismos internacionales y supranacionales (excepto bancos multilaterales de
desarrollo).
• Administraciones Públicas.
• Otros intermediarios financieros.
– Bancos multilaterales de desarrollo.
• Instituciones financieras monetarias.
• Resto.
– Bancos centrales (incluido el Banco Central Europeo) y autoridades monetarias
nacionales.
– Entidades de crédito [artículo 4, apartado 1, punto 1, letra a), del Reglamento (UE)
575/2013].
– Entidades de crédito sujetas a requerimientos de reservas que no son IFM [aquella
entidad de crédito cuya actividad no esté contemplada en el artículo 4, apartado 1,
punto 1, letra a), del Reglamento (UE) n.º 575/2013].
– Establecimientos financieros de crédito (EFC).
– Entidades de dinero electrónico.
– Fondos del mercado monetario (FMM).
– Otras instituciones financieras monetarias.
– Entidades de seguros.
– Fondos de pensiones.
– Fondos de inversión mobiliaria, excepto los FMM.
– Fondos de inversión inmobiliaria.
– Fondos de inversión libre.
– Fondos de capital riesgo.
– Sociedades de inversión mobiliaria.
– Sociedades de inversión inmobiliaria.
– Sociedades de inversión libre.
– Resto de las instituciones de inversión colectiva.
– Sociedades de valores (ESI).
– Sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario.
– Sociedades de capital-riesgo.
– Sociedades y fondos de titulización.
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Núm. 312