V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-52682)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se extingue la licencia que habilita para la prestación del servicio portuario al pasaje "licencia nº 1" en los puertos de Palma y Alcúdia a la empresa Compañía Trasmediterránea, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 77659

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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

52682

Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se extingue
la licencia que habilita para la prestación del servicio portuario al pasaje
"licencia nº 1" en los puertos de Palma y Alcúdia a la empresa
Compañía Trasmediterránea, S.A.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión
celebrada en fecha 27 de octubre de 2021, acordó la extinción de la COMPAÑÍA
TRASMEDITERRÁNEA, S.A., de la licencia nº1 del Pliego de Prescripciones
Particulares del Servicio Portuario al Pasaje en los puertos de Palma, Alcúdia,
Maó, Eivissa y la Savina, para la prestación del servicio al Pasaje en los tráficos en
régimen de transporte en el puerto de Palma y tráficos en régimen de transporte y
para tráficos de crucero en el puerto de Alcúdia, en los términos establecidos en la
prescripción 9 del Pliego, de conformidad con lo señalado en el artículo 119 del
Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante, aprobado
por RDL 2/2011, con efectos a partir del día siguiente de la publicación del acuerdo
en el Boletín Oficial del Estado.
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición potestativo, ante el órgano
que ha resuelto, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares,
en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la
presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier otro
que estime procedente.
Palma, 16 de diciembre de 2021.- El Presidente, Francesc Antich Oliver.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X