V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-52702)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, sobre revocación de procedimientos administrativos sancionadores y anulación de las resoluciones sancionadoras emitidas en los mismos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 77722

CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
‘’Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el
plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico’’.
QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación
corresponde a este órgano, toda vez que la competencia para la resolución de
procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves corresponde
al Delegado del Gobierno en Castilla-La Mancha, competencia delegada en la
Subdelegada del Gobierno en Ciudad Real por Resolución de 25 de noviembre de
2021 (BOE de 4 de diciembre de 2021).
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.

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NÚMERO DE EXPEDIENTE
0804/2020
1244/2020
1261/2020
1303/2020
1340/2020
1347/2020
1356/2020
1428/2020
1459/2020
1607/2020
1899/2020
1947/2020
2101/2020
2111/2020
2153/2020
2190/2020
2402/2020
2890/2020

NIF
X7362623R
X6748366M
05665345P
70572984Z
05573711Y
05939972S
05985086A
Y7836850M
71360844D
06201424A
06220998G
06214268J
34761243D
05905692M
Y0276929T
05637340V
05918334C
05698709E

cve: BOE-B-2021-52702
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ANEXO RESOLUCIÓN