III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2021-21599)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco histórico de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

A.1.2

Sec. III. Pág. 164517

Definiciones y clasificación

Se definen como empresas homologadas para la rehabilitación las empresas,
constructores y contratistas con capacidad legal para contratar obras parciales o
completas de rehabilitación sobre los edificios de la ciudad histórica.
De igual forma se definen dentro de las anteriores las empresas de control de calidad
homologadas para la rehabilitación.
A.1.3

Condiciones generales para la homologación de empresas en el Registro Técnico
de Rehabilitación

Son condiciones para la inscripción y homologación de empresas en el Registro
Técnico de Rehabilitación, las siguientes:
1. Experiencia demostrable en obras de rehabilitación o reformas de edificios y
viviendas similares a las autorizadas en el ámbito de las Ordenanzas del PECHT.
2. No haber sido denegada su validación anual de su homologación en el Registro
Técnico de Rehabilitación.
3. Declaración expresa y responsable de:
a) Estar al día de sus obligaciones fiscales, Seguridad Social y Ayuntamiento de
Toledo.
b) No haber sido sancionado mediante resolución firme por infracción urbanística
grave o muy grave en el ámbito de estas bases en los últimos cinco años.
4.

Aceptación expresa de:

5. Para sus instaladores, además, acreditación de la posición del documento válido
y en curso de su habilitación para realizar instalaciones de su especialidad.
6. Asistencia, como mínimo, a un curso de formación sobre elementos y técnicas
de rehabilitación (10 horas) organizados por el Consorcio de la Ciudad de Toledo. En
tanto no se produzca la asistencia al citado curso, su incorporación al Registro de
Rehabilitación y la homologación de la empresa se considerará provisional.
7. La empresa homologada asegurará las obras contra todo de riesgo hasta su
finalización. Asimismo, se obliga a constituir las garantías por daños materiales
ocasionadas por vicios y defectos de la construcción conforme a la legislación vigente.

cve: BOE-A-2021-21599
Verificable en https://www.boe.es

a) La supervisión de las obras por los técnicos del Consorcio de la Ciudad de
Toledo.
b) Los plazos de garantía de las obras establecidas en estas bases.
c) Las condiciones y determinaciones de los proyectos y documentos técnicos
definitivos de las obras.
d) Los presupuestos redactados con el cuadro de precios de la rehabilitación
propuesta por el Consorcio de la Ciudad de Toledo.
e) El compromiso de velar por el cumplimiento de la normativa urbanística y de las
determinaciones establecidas en el PECHT.
f) El cumplimiento del plazo de ejecución de las obras contratadas por las
empresas o subcontratadas por ellas.
g) El cumplimiento de las normas vigentes de seguridad y prevención de riesgos en
obras, y las obligaciones derivadas del estudio básico o del proyecto de seguridad y
salud de cada obra.