V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-52696)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, sobre revocación de actos administrativos de gravamen o desfavorables al interesado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 77696
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
14492/2020
14385/2020
14107/2020
14076/2020
14032/2020
13525/2020
13508/2020
13506/2020
13489/2020
13462/2020
13461/2020
13451/2020
13354/2020
13178/2020
13104/2020
13093/2020
13031/2020
12955/2020
12913/2020
12891/2020
12884/2020
12843/2020
12840/2020
Identificador Infractor
46262183Y
Y0098077L
X4904947J
45710104L
78406084G
46297652D
78637090K
08862682T
Y6256980M
78620642H
78604843C
54049089D
45704544W
49519808A
78620258W
43490387D
78571298D
46297651P
X4527858D
X9930444X
Y5000062Z
X7166860Z
43366598Y
cve: BOE-B-2021-52696
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 77696
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
14492/2020
14385/2020
14107/2020
14076/2020
14032/2020
13525/2020
13508/2020
13506/2020
13489/2020
13462/2020
13461/2020
13451/2020
13354/2020
13178/2020
13104/2020
13093/2020
13031/2020
12955/2020
12913/2020
12891/2020
12884/2020
12843/2020
12840/2020
Identificador Infractor
46262183Y
Y0098077L
X4904947J
45710104L
78406084G
46297652D
78637090K
08862682T
Y6256980M
78620642H
78604843C
54049089D
45704544W
49519808A
78620258W
43490387D
78571298D
46297651P
X4527858D
X9930444X
Y5000062Z
X7166860Z
43366598Y
cve: BOE-B-2021-52696
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.