III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Escuelas de conductores. Profesorado. (BOE-A-2021-21607)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tráfico, por la que se convoca curso para obtener certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164595

modelo que figura en el Anexo I de la presente Resolución. El impreso de solicitud será
obtenido en la dirección de internet www.dgt.es.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día
siguiente al de publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Para cumplimentar la solicitud, las personas aspirantes deben tener en cuenta las
siguientes instrucciones:
a) Los datos deberán escribirse en mayúscula de manera clara y perfectamente
legible.
b) Será necesario rellenar todos los datos.
c) Es imprescindible que la solicitud esté firmada por la persona aspirante. También
es imprescindible que la persona aspirante firme la declaración responsable, incluida en
la solicitud, de que cumple los requisitos para tomar parte en el curso, señalados en la
base 1.
2.2 A la solicitud se acompañará el justificante del pago de la tasa correspondiente
tras haber abonado de la forma que se indica en este apartado la tasa 5.1 «Derechos de
examen de Profesores de formación vial y Directores de escuelas de conductores».
Para el pago de la tasa indicada, se deberán de seguir las siguientes instrucciones:
1.º Cumplimentar el modelo 791 para el pago correspondiente de la tasa 5.1. Dicho
modelo se encuentra disponible en la sede electrónica de la Dirección General de
Tráfico, a través del servicio de «Pago de tasas».
2.º Pago de la tasa, recogida en el modelo 791. Dicho pago se puede realizar por
varias vías:
A)

Pago electrónico.

A través del servicio de «Pago de tasas» de la sede electrónica de la Dirección
General de Tráfico, se cumplimentará el mencionado modelo de autoliquidación 791, y
se seleccionará una de las siguientes formas de pago: con tarjeta de crédito o débito y
con cargo en cuenta bancaria.
En la sede electrónica se dispone de la relación de entidades financieras que
admiten cobro por cada forma de pago. El código de la tasa emitido tras la finalización
del pago se adjuntará a la solicitud que figura como Anexo I en esta Resolución.
Para realizar el pago electrónico de tasas es necesario estar en posesión del DNI
electrónico o disponer de un certificado electrónico en vigor admitido en la
Administración General del Estado. Cualquier otro medio de identificación y firma
admitido será informado a través de la sede electrónica del organismo.
B)

Pago presencial.

cve: BOE-A-2021-21607
Verificable en https://www.boe.es

Como alternativa al pago electrónico, el usuario puede generar online el modelo 791
desde la opción de Imprimir en el servicio indicado de «Pago de tasas» de la sede
electrónica de la Dirección General de Tráfico. La aplicación generará tres ejemplares:
uno para el interesado, otro para la administración y un tercero para la entidad financiera
colaboradora.