III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2021-21615)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón y la Comarca de las Cinco Villas, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística "Más que Cinco Villas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Decimoséptima.
Sec. III. Pág. 164763
Régimen aplicable.
1. El régimen jurídico aplicable a este convenio es el establecido en el Capítulo VI
del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, siendo de aplicación asimismo las restantes normas de Derecho Administrativo
en materia de interpretación, modificación y resolución de las cuestiones no
contempladas en el convenio que se suscribe, así como lo previsto en el Título V de la
Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público
Autonómico de Aragón.
2. La colaboración de la Comarca de las Cinco Villas en la realización del presente
convenio está sujeta al artículo 147 y siguientes de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de
organización y régimen jurídico del sector público autonómico de Aragón, normativa que
será de aplicación a las partes responsables de la ejecución del mismo.
3. La colaboración de la entidad local en la realización del presente convenio está
sujeta a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del régimen Local,
normativa que será de aplicación a las partes responsables de la ejecución del convenio.
4. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, ejecución,
modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del mismo,
deberán solventarse de mutuo acuerdo de las partes en el seno de la Comisión de
seguimiento constituida.
5. Si no resultara posible alcanzar dicho acuerdo, las cuestiones litigiosas que
surjan en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán de conocimiento y
competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, las partes lo
firman electrónicamente en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en el que el mismo sea suscrito por el
último de los firmantes.–Por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el Secretario
de Estado de Turismo, Fernando Valdés Verelst.–Por la Comunidad Autónoma de
Aragón, el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, Arturo Aliaga
López.–Por la Comarca de las Cinco Villas, el Presidente Santos Navarro Giménez.
ANEXO DE ACTUACIONES PLAN DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA «MÁS QUE
CINCO VILLAS»
Importe
–
Euros
Ejes de actuación
1.1 Personal (gerencia)
1.2 Sicted.
1.3 Producto inclusivo.
Eje 1.
Más que Cinco Villas Gestiona
1.4 Audioguías.
1.5 Domotización de espacios.
1.7 Desarrollo de juderías.
Subtotal:
Eje 2.
Más que Cinco Villas Sostenible
Subtotal:
306.566,04
2.1 Creación de productos en el medio natural.
2.2 Acciones de conservación del medio.
47.000,00
cve: BOE-A-2021-21615
Verificable en https://www.boe.es
1.6 Mejoras centros de interpretación.
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Decimoséptima.
Sec. III. Pág. 164763
Régimen aplicable.
1. El régimen jurídico aplicable a este convenio es el establecido en el Capítulo VI
del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, siendo de aplicación asimismo las restantes normas de Derecho Administrativo
en materia de interpretación, modificación y resolución de las cuestiones no
contempladas en el convenio que se suscribe, así como lo previsto en el Título V de la
Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público
Autonómico de Aragón.
2. La colaboración de la Comarca de las Cinco Villas en la realización del presente
convenio está sujeta al artículo 147 y siguientes de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de
organización y régimen jurídico del sector público autonómico de Aragón, normativa que
será de aplicación a las partes responsables de la ejecución del mismo.
3. La colaboración de la entidad local en la realización del presente convenio está
sujeta a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del régimen Local,
normativa que será de aplicación a las partes responsables de la ejecución del convenio.
4. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, ejecución,
modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del mismo,
deberán solventarse de mutuo acuerdo de las partes en el seno de la Comisión de
seguimiento constituida.
5. Si no resultara posible alcanzar dicho acuerdo, las cuestiones litigiosas que
surjan en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán de conocimiento y
competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, las partes lo
firman electrónicamente en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en el que el mismo sea suscrito por el
último de los firmantes.–Por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el Secretario
de Estado de Turismo, Fernando Valdés Verelst.–Por la Comunidad Autónoma de
Aragón, el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, Arturo Aliaga
López.–Por la Comarca de las Cinco Villas, el Presidente Santos Navarro Giménez.
ANEXO DE ACTUACIONES PLAN DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA «MÁS QUE
CINCO VILLAS»
Importe
–
Euros
Ejes de actuación
1.1 Personal (gerencia)
1.2 Sicted.
1.3 Producto inclusivo.
Eje 1.
Más que Cinco Villas Gestiona
1.4 Audioguías.
1.5 Domotización de espacios.
1.7 Desarrollo de juderías.
Subtotal:
Eje 2.
Más que Cinco Villas Sostenible
Subtotal:
306.566,04
2.1 Creación de productos en el medio natural.
2.2 Acciones de conservación del medio.
47.000,00
cve: BOE-A-2021-21615
Verificable en https://www.boe.es
1.6 Mejoras centros de interpretación.