III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-21612)
Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
59 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164683

reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras
técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados.
El desarrollo de prototipos y proyectos piloto que puedan destinarse a usos
comerciales también estará incluido si el prototipo es necesariamente el producto
comercial final y resulta demasiado costoso producirlo para utilizarlo solamente a efectos
de demostración y validación.
El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas
efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios
existentes y otras operaciones en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan
representar mejoras de los mismos.
c) Proyectos de innovación en materia de organización: La aplicación de un nuevo
método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o
las relaciones exteriores.
No se incluyen los cambios basados en métodos organizativos ya empleados en la
empresa, los cambios en la estrategia de gestión, las fusiones y adquisiciones, el
abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios
exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción
personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter
estacional u otros cambios cíclicos ni el comercio de productos nuevos o
significativamente mejorados.
d) Proyectos de innovación en materia de procesos. La aplicación de un método de
producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios
significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos).
No se incluyen los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las
capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de
fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, el abandono de un proceso, la
mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de
variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los
usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos ni el
comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.
Los proyectos de innovación en materia de procesos y organización realizados por
grandes empresas únicamente serán objeto de ayuda si colaboran de manera efectiva
con pequeñas y medianas empresas (en adelante PYMES) [definidas según lo
establecido en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de
junio de 2014] en la actividad objeto de ayuda y si las PYMES con las que colaboran
corren con un mínimo del 30% del total de los gastos subvencionables. A todos los
efectos, la responsable de la actuación frente a la Administración será únicamente la
agrupación solicitante.
e) Estudios de viabilidad previos a la labor de investigación industrial: Evaluación y
análisis del potencial de un proyecto primario de investigación industrial, con el objetivo
de apoyar el proceso de toma de decisiones de forma objetiva y racional descubriendo
sus puntos fuertes y débiles, y sus oportunidades y amenazas, así como de determinar
los recursos necesarios para llevarlo a cabo y, en última instancia, sus perspectivas de
éxito.
Línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética:

a) Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio
ambiente que cumplan al menos una de las siguientes condiciones:
1.º Inversiones que permitan a la entidad incrementar el nivel de protección del
medio ambiente derivado de sus actividades superando las normas de la Unión Europea,
independientemente de la existencia de normas nacionales obligatorias más estrictas
que las de la Unión.

cve: BOE-A-2021-21612
Verificable en https://www.boe.es

2.