III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2021-21580)
Acuerdo de 9 de diciembre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, relativo al Acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, relativo a la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Civil y Penal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164346
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
21580
Acuerdo de 9 de diciembre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, relativo al Acuerdo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, relativo a la modificación de las normas de reparto de la
Sala de lo Civil y Penal.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del
día 9 de diciembre de 2021, acordó hacer público el acuerdo de 15 de noviembre
de 2021, dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, relativo a la modificación
de las normas de reparto de la Sección 1.ª de la Sala de lo Civil y Penal de ese Tribunal,
del siguiente tenor:
«1. Modificar la Norma Tercera, de las normas vigentes de reparto de asuntos de
los que conoce la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
(BOE de 19 de octubre de 2018 y BOE de 2 de diciembre de 2019), de modo que queda
redactada en los siguientes términos:
1.1 El reparto de asuntos entre las Secciones 1.ª y 2.ª de la Sala de lo Civil y
Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, seguirá ajustándose en cuanto
al orden penal, a la misma distribución proporcional establecida en el Acuerdo de
la Sala de Gobierno de 12 de noviembre de 2019 (BOE de 2 de diciembre).
1.2 El reparto de asuntos civiles y penales cuyo conocimiento corresponde
exclusivamente a la Sección 1.ª, se ajustará a la nueva composición de la Sala,
realizándose conforme a la siguiente distribución:
Presidente. Conocerá de los asuntos terminados en 1.
Magistrado/a más antiguo, conocerá de los asuntos terminados en 2, 5, y 8.
Magistrado/a que le siga en antigüedad escalafonal, conocerá de los
asuntos 3, 6 y 9.
Magistrado/a más moderno, conocerá de los asuntos terminados en 4, 7 y 0.
1.3 El reparto de asuntos penales, de la Sala de Apelaciones, cuyo
conocimiento corresponde a la Sección 1.ª, se ajustará a la nueva composición de
la Sala, realizándose conforme a la siguiente distribución:
2. Se mantienen las demás normas de reparto aprobadas por la Sala de
Gobierno en los acuerdos de 17 de septiembre de 2018 (BOE de 19 de octubre),
de 12 de noviembre de 2019 (BOE de 2 de diciembre) y de 21 de enero de 2021
(BOE de 22 de febrero).
3.
Entrada en vigor.
La presente modificación será de aplicación a los asuntos ingresados desde el
día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado",
cve: BOE-A-2021-21580
Verificable en https://www.boe.es
Presidente. Conocerá de los asuntos terminados en 11, 22 y 33.
Magistrado/a más antiguo, conocerá de los asuntos terminados en 1, excepto
el 11.
Magistrado/a que le siga en antigüedad escalafonal. Conocerá de los
asuntos 2, excepto el 22.
Magistrado/a más moderno, conocerá de los asuntos terminados en 3, excepto
el 33.
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164346
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
21580
Acuerdo de 9 de diciembre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, relativo al Acuerdo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, relativo a la modificación de las normas de reparto de la
Sala de lo Civil y Penal.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del
día 9 de diciembre de 2021, acordó hacer público el acuerdo de 15 de noviembre
de 2021, dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, relativo a la modificación
de las normas de reparto de la Sección 1.ª de la Sala de lo Civil y Penal de ese Tribunal,
del siguiente tenor:
«1. Modificar la Norma Tercera, de las normas vigentes de reparto de asuntos de
los que conoce la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
(BOE de 19 de octubre de 2018 y BOE de 2 de diciembre de 2019), de modo que queda
redactada en los siguientes términos:
1.1 El reparto de asuntos entre las Secciones 1.ª y 2.ª de la Sala de lo Civil y
Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, seguirá ajustándose en cuanto
al orden penal, a la misma distribución proporcional establecida en el Acuerdo de
la Sala de Gobierno de 12 de noviembre de 2019 (BOE de 2 de diciembre).
1.2 El reparto de asuntos civiles y penales cuyo conocimiento corresponde
exclusivamente a la Sección 1.ª, se ajustará a la nueva composición de la Sala,
realizándose conforme a la siguiente distribución:
Presidente. Conocerá de los asuntos terminados en 1.
Magistrado/a más antiguo, conocerá de los asuntos terminados en 2, 5, y 8.
Magistrado/a que le siga en antigüedad escalafonal, conocerá de los
asuntos 3, 6 y 9.
Magistrado/a más moderno, conocerá de los asuntos terminados en 4, 7 y 0.
1.3 El reparto de asuntos penales, de la Sala de Apelaciones, cuyo
conocimiento corresponde a la Sección 1.ª, se ajustará a la nueva composición de
la Sala, realizándose conforme a la siguiente distribución:
2. Se mantienen las demás normas de reparto aprobadas por la Sala de
Gobierno en los acuerdos de 17 de septiembre de 2018 (BOE de 19 de octubre),
de 12 de noviembre de 2019 (BOE de 2 de diciembre) y de 21 de enero de 2021
(BOE de 22 de febrero).
3.
Entrada en vigor.
La presente modificación será de aplicación a los asuntos ingresados desde el
día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado",
cve: BOE-A-2021-21580
Verificable en https://www.boe.es
Presidente. Conocerá de los asuntos terminados en 11, 22 y 33.
Magistrado/a más antiguo, conocerá de los asuntos terminados en 1, excepto
el 11.
Magistrado/a que le siga en antigüedad escalafonal. Conocerá de los
asuntos 2, excepto el 22.
Magistrado/a más moderno, conocerá de los asuntos terminados en 3, excepto
el 33.