V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-52435)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se hace pública la delegación de funciones de su Consejo de Administración en el Presidente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 77262

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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

52435

Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se hace
pública la delegación de funciones de su Consejo de Administración en
el Presidente.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en su
sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2021, acordó las siguientes
delegaciones de funciones del Consejo de Administración en el Presidente de la
Autoridad Portuaria de Baleares:
Primero.- Delegar en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares la
actualización de las tarifas máximas por la prestación de los servicios comerciales
en concesiones y autorizaciones, cuando estén previstas y contempladas en los
pliegos de cláusulas y las condiciones del título de otorgamiento, y conforme a lo
establecido en los mismos.
Segundo.- Delegar en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares la
aplicación de las bonificaciones previstas en el art. 245.2 b) y c) del TRLPEMM, a
las concesiones y autorizaciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor
de la Ley 33/2010 de 5 de agosto, de modificación de la Ley 48/2003, de 26 de
noviembre de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de
interés general, con efectos desde la fecha de acreditación por el titular de la
concesión o autorización del cumplimiento de los requisitos establecidos en dicho
artículo, y previa verificación de los mismos.
Tercero.- Delegar en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares la
competencia para resolver solicitudes de revisión de oficio contra la resolución de
expedientes sancionadores por infracciones administrativas de carácter leve, de
acuerdo con lo que prevé el Título IV del Libro III del Texto Refundido de la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Cuarto.- Ordenar que se disponga lo necesario para que las delegaciones
aprobadas sean publicadas en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. Lo que se hace público para general conocimiento, de
conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Palma, 16 de diciembre de 2021.- El Presidente, Francesc Antich Oliver.

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