III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-21475)
Resolución 420/38458/2021, de 21 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación Entidad Nacional de Acreditación, para las actividades de evaluación de la conformidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163655
entidades que realizan, tanto en el ámbito voluntario como regulado, actividades de
evaluación de la conformidad tales como certificación, ensayo, calibración, inspección y
verificación (Organismos de Evaluación de la Conformidad, OEC).
Segundo.
Que el sistema de acreditación de la ENAC se establece conforme a requisitos
establecidos en las normas internacionales que son de aplicación con objeto de procurar
que tanto las acreditaciones que se expiden, como los servicios que suministren sus
titulares, estén reconocidos y aceptados nacional e internacionalmente, sin necesidad de
nuevas evaluaciones y eliminando así posibles barreras a la libre circulación de productos.
Tercero.
Que en virtud de lo anterior, la ENAC es firmante de los Acuerdos Multilaterales de
Reconocimiento Mutuo existentes en materia de acreditación en Europa y fuera de ella,
en virtud de los cuales se reconoce la equivalencia de los informes o certificados
emitidos por los OEC acreditados en los países firmantes.
Que la Dirección General de Armamento y Material (DGAM), en virtud del Real
Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Defensa, tiene atribuida la función de ejercer las competencias
que le confieren las leyes y reglamentos en las materias de aseguramiento de la calidad,
normalización y homologación de los sistemas de armas, equipos y productos de interés
para las Fuerzas Armadas.
En consecuencia, el Director General de Armamento y Material, es la Autoridad
Nacional de Calidad en el ámbito del Ministerio de Defensa (MINISDEF) según el
Reglamento de homologación de productos de específica utilización en el ámbito de la
defensa, aprobado por Real Decreto 165/2010, de 19 de febrero, y autoridad nacional de
homologación en el mismo ámbito, atribuyéndole, entre otras, la competencia de
designación de Centros de Actividad Técnica a laboratorios, tanto de titularidad pública
como privada, para procesos de homologación, y prevé que para el mejor desarrollo de
las competencias de la DGAM en el campo de la homologación, se podrán establecer
convenios de cooperación y colaboración con entidades públicas o privadas; y la Orden
DEF 1012/2018, de 19 de septiembre, por la que se crea la Red de Laboratorios del
Ministerio de Defensa, designa a la DGAM como órgano nacional de calificación de
laboratorios en el ámbito de actuación del MINISDEF, para su inclusión en la Red de
Laboratorios del MINISDEF creada por la misma orden ministerial.
Por otro lado, el Reglamento de Normalización Militar de Materiales, aprobado por la
Orden PRE/2507/2010, de 23 de septiembre, designa al Director General de Armamento
y Material como máxima autoridad en la normalización militar de materiales, y en su
articulado indica que las normas militares españolas y Standardization Agreement
(STANAG) de materiales ratificados e implantados son de empleo obligatorio en el
ámbito de actuación del MINISDEF y que en las actividades de adquisición,
mantenimiento, utilización del material y servicios técnicos relacionados con el material
de defensa se deben conocer y exigir su cumplimiento.
Para ello, la DGAM debe hacer uso del trabajo de diferentes OEC y tomar decisiones
en función de los resultados por ellos obtenidos, por lo que necesita que dichos
organismos ofrezcan un grado suficiente de confianza en su competencia técnica.
Quinto.
Que en relación con lo anterior, la DGAM entiende que la acreditación de la ENAC es
una excelente herramienta para garantizar la competencia técnica de los OEC en cuyos
cve: BOE-A-2021-21475
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163655
entidades que realizan, tanto en el ámbito voluntario como regulado, actividades de
evaluación de la conformidad tales como certificación, ensayo, calibración, inspección y
verificación (Organismos de Evaluación de la Conformidad, OEC).
Segundo.
Que el sistema de acreditación de la ENAC se establece conforme a requisitos
establecidos en las normas internacionales que son de aplicación con objeto de procurar
que tanto las acreditaciones que se expiden, como los servicios que suministren sus
titulares, estén reconocidos y aceptados nacional e internacionalmente, sin necesidad de
nuevas evaluaciones y eliminando así posibles barreras a la libre circulación de productos.
Tercero.
Que en virtud de lo anterior, la ENAC es firmante de los Acuerdos Multilaterales de
Reconocimiento Mutuo existentes en materia de acreditación en Europa y fuera de ella,
en virtud de los cuales se reconoce la equivalencia de los informes o certificados
emitidos por los OEC acreditados en los países firmantes.
Que la Dirección General de Armamento y Material (DGAM), en virtud del Real
Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Defensa, tiene atribuida la función de ejercer las competencias
que le confieren las leyes y reglamentos en las materias de aseguramiento de la calidad,
normalización y homologación de los sistemas de armas, equipos y productos de interés
para las Fuerzas Armadas.
En consecuencia, el Director General de Armamento y Material, es la Autoridad
Nacional de Calidad en el ámbito del Ministerio de Defensa (MINISDEF) según el
Reglamento de homologación de productos de específica utilización en el ámbito de la
defensa, aprobado por Real Decreto 165/2010, de 19 de febrero, y autoridad nacional de
homologación en el mismo ámbito, atribuyéndole, entre otras, la competencia de
designación de Centros de Actividad Técnica a laboratorios, tanto de titularidad pública
como privada, para procesos de homologación, y prevé que para el mejor desarrollo de
las competencias de la DGAM en el campo de la homologación, se podrán establecer
convenios de cooperación y colaboración con entidades públicas o privadas; y la Orden
DEF 1012/2018, de 19 de septiembre, por la que se crea la Red de Laboratorios del
Ministerio de Defensa, designa a la DGAM como órgano nacional de calificación de
laboratorios en el ámbito de actuación del MINISDEF, para su inclusión en la Red de
Laboratorios del MINISDEF creada por la misma orden ministerial.
Por otro lado, el Reglamento de Normalización Militar de Materiales, aprobado por la
Orden PRE/2507/2010, de 23 de septiembre, designa al Director General de Armamento
y Material como máxima autoridad en la normalización militar de materiales, y en su
articulado indica que las normas militares españolas y Standardization Agreement
(STANAG) de materiales ratificados e implantados son de empleo obligatorio en el
ámbito de actuación del MINISDEF y que en las actividades de adquisición,
mantenimiento, utilización del material y servicios técnicos relacionados con el material
de defensa se deben conocer y exigir su cumplimiento.
Para ello, la DGAM debe hacer uso del trabajo de diferentes OEC y tomar decisiones
en función de los resultados por ellos obtenidos, por lo que necesita que dichos
organismos ofrezcan un grado suficiente de confianza en su competencia técnica.
Quinto.
Que en relación con lo anterior, la DGAM entiende que la acreditación de la ENAC es
una excelente herramienta para garantizar la competencia técnica de los OEC en cuyos
cve: BOE-A-2021-21475
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.