III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-21474)
Resolución 420/38451/2021, de 17 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Federación Onubense de Empresarios, para el desarrollo de actividades que complementen la formación e impulsen el aprovechamiento de las capacidades profesionales del personal militar fomentando su incorporación al ámbito laboral civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 163651

Tercera. Actuaciones de la FOE.
a) Difundir entre sus asociados el contenido de este Convenio, en aras de facilitar
la incorporación del personal militar y de los RED al mercado laboral.
b) Informar a las empresas de su Federación sobre la posibilidad de identificar por
estas puestos de trabajo susceptibles de ser ofertados al personal militar objeto de este
Convenio para facilitar su eventual incorporación laboral con sujeción a la normativa
vigente. Las empresas podrán inscribir las ofertas de empleo que consideren oportuno
en la aplicación informática SAPROMIL (www.sapromil.es).
c) Facilitar información sobre los cursos de formación programados por la FOE, por
si fueran de interés para el personal militar y los RED al que se refiere este Convenio.
d) Facilitar la asistencia a las jornadas informativas que se puedan programar en
materia de orientación laboral y emprendimiento y autoempleo al personal de las FAS
destinado en la provincia de Huelva o que tengan arraigo en esta provincia, así como la
incorporación de los perfiles laborales de los militares que lo deseen en el portal de
empleo de la APP FOE y en su página web:(www.foe.es).
e) Designar un interlocutor con el MINISDEF para el seguimiento del Convenio.
Cuarta.

Desarrollo del Convenio.

Las relaciones institucionales se llevarán a cabo a través de la Subdirección General
de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de Especial
Disponibilidad, y la coordinación de las actividades a través de la Subdelegación de
Defensa en Huelva.
El MINISDEF y la FOE podrán citar la presente línea de colaboración en la publicidad
institucional que se relacione con las actividades objeto del Convenio, utilizando sus
logotipos oficiales.
Ambas partes podrán públicamente difundir las condiciones de este Convenio y los
resultados obtenidos.
Quinta. Financiación.
Este Convenio no implica obligación alguna de contenido económico para las partes.
Sexta.

Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de ejecución del Convenio.

– Por parte del MINISDEF, un representante designado por la Dirección General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar, entre el personal de la Dirección General o persona
en quien delegue, y otro procedente de la Subdelegación de Defensa en Huelva o
persona en quien delegue.
– Por parte de la FOE, los representantes serán designados por su Comité
Ejecutivo.
La comisión mixta será el órgano encargado de la potenciación, seguimiento y
evaluación de las acciones derivadas de este Convenio, así como del arbitraje en caso
de conflicto.
La comisión mixta deberá reunirse una vez al año, y cuando alguna de las partes lo
solicite.
Los acuerdos de la comisión mixta se adoptarán por mayoría.

cve: BOE-A-2021-21474
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes acuerdan crear una comisión mixta paritaria de control y seguimiento
de las acciones previstas en este Convenio, integrada por dos representantes de cada
institución firmante que se designen, que se constituirá en el plazo máximo de tres
meses a contar desde la fecha en que el Convenio sea eficaz, con alternancia anual de
la Presidencia, iniciada por el MINISDEF.
Integrarán la comisión: