III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-21477)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio por el que se formaliza la encomienda de gestión al Principado de Asturias, en materia de gestión de prestaciones sanitarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163662
Segundo.
Que la cláusula quinta del Convenio regula su vigencia y establece que la misma se
extiende hasta el 30 de diciembre de 2021, además de prever que puede prorrogarse por
acuerdo unánime de las partes por un periodo de cuatro años adicionales antes de la
fecha en que finalice su vigencia.
Tercero.
Al amparo de lo previsto en la cláusula quinta del Convenio, y manteniéndose las
mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, las partes entienden que debe
prorrogarse el mismo por un periodo de cuatro años adicionales.
A tal efecto las partes firmantes acuerdan la suscripción de la presente Adenda de
prórroga de encomienda de gestión, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes acuerdan prorrogar desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de
diciembre de 2025, y una vez cumplido el requisito para la eficacia de la Adenda
contemplado en la cláusula tercera, el Convenio por el que se formaliza la encomienda
de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del
Estado (MUFACE) al Principado de Asturias, a través de la Consejería de Salud en
materia de gestión de prestaciones sanitarias.
Segunda.
Como compensación por los gastos que puedan ocasionarse, MUFACE abonará a la
Consejería de Salud del Principado de Asturias, con carácter anual, la cantidad de cinco
mil cuatrocientos cincuenta y tres euros con cuarenta y ocho céntimos (5.453,48 €), que
se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.312E.259.
Tercera.
La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes,
y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo establecido
en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, debiendo ser publicado en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
cve: BOE-A-2021-21477
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente Adenda, las partes la
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último
de los firmantes.–El Consejero de Salud, Pablo Ignacio Fernández Muñiz.–La Directora
General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés
Cortón.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163662
Segundo.
Que la cláusula quinta del Convenio regula su vigencia y establece que la misma se
extiende hasta el 30 de diciembre de 2021, además de prever que puede prorrogarse por
acuerdo unánime de las partes por un periodo de cuatro años adicionales antes de la
fecha en que finalice su vigencia.
Tercero.
Al amparo de lo previsto en la cláusula quinta del Convenio, y manteniéndose las
mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, las partes entienden que debe
prorrogarse el mismo por un periodo de cuatro años adicionales.
A tal efecto las partes firmantes acuerdan la suscripción de la presente Adenda de
prórroga de encomienda de gestión, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes acuerdan prorrogar desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de
diciembre de 2025, y una vez cumplido el requisito para la eficacia de la Adenda
contemplado en la cláusula tercera, el Convenio por el que se formaliza la encomienda
de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del
Estado (MUFACE) al Principado de Asturias, a través de la Consejería de Salud en
materia de gestión de prestaciones sanitarias.
Segunda.
Como compensación por los gastos que puedan ocasionarse, MUFACE abonará a la
Consejería de Salud del Principado de Asturias, con carácter anual, la cantidad de cinco
mil cuatrocientos cincuenta y tres euros con cuarenta y ocho céntimos (5.453,48 €), que
se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.312E.259.
Tercera.
La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes,
y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo establecido
en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, debiendo ser publicado en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
cve: BOE-A-2021-21477
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente Adenda, las partes la
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último
de los firmantes.–El Consejero de Salud, Pablo Ignacio Fernández Muñiz.–La Directora
General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés
Cortón.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X