II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-21432)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 163417

José Luis Iparraguirre Múgica.
José Luis Pérez López.
Suplentes:
Isabel María Ramos Muñoz.
Teresa Gimeno Navarro.
María Pilar Arroyo Martínez.
La persona que ostente la jefatura de sección II del servicio de corporaciones locales.
José Gregorio Martín Plata.
José María del Dujo Martin.
Inmaculada Jimeno Martín.
Elena Pérez Ramírez.
Susana Haro Villanueva.
Estrella Blanco Galeas.
Beatriz Díaz Rodríguez.
Alfonso de Torres Guajardo.
Noemí López Garrido.
Francisco Javier Aparicio Soria.
José Manuel Alfonso Llorca.
Pedro González Domínguez.
Eulalio Ávila Cano.
Secretario:
Titular: Fernando González-Frías Carrió.
Suplente: M.ª Carmen Alcázar García.
Séptima.

Exclusión de concursantes y valoración de méritos.

La puntuación por méritos generales, deducida de la relación incluida en la
resolución publicada conjuntamente con esta convocatoria, y en su caso, de los méritos
referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral acreditados, no siendo
posible acreditación adicional alguna por parte de los y las concursantes ni valoración
distinta por parte del tribunal salvo que, en materia de méritos referidos a la conciliación
de la vida personal, familiar y laboral dispone de documentación oficial que invalide, de
forma negativa lo declarado por el participante.
La valoración de méritos de determinación autonómica, en base a la documentación
aportada por los y las concursantes conforme a las reglas específicas de cada
comunidad autónoma.
Respecto de los puestos sin méritos de determinación autonómica, el tribunal
puntuará exclusivamente los méritos generales.
En caso de empate en la puntuación final de méritos de dos o más concursantes, el
tribunal dará prioridad en la propuesta de adjudicación a aquella persona que hubiera
obtenido mayor puntuación por méritos de determinación autonómica. De mantenerse el
empate, a favor de quien en méritos generales tenga mayor puntuación en los
apartados a), b), c), d) e), f) y g) por dicho orden, del artículo 32.1 del Real
Decreto 128/128, de 16 de marzo. En última instancia, el empate se resolverá en base al
orden de prelación en el proceso selectivo, teniendo preferencia los y las aspirantes que
hayan accedido por el sistema de promoción interna sobre los de acceso libre.

cve: BOE-A-2021-21432
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El tribunal de valoración excluirá a los y las concursantes que no reúnan las
condiciones de participación señaladas en la Base segunda, o en su caso, el requisito de
lengua.
A continuación puntuará los méritos de los y las concursantes no excluidos, del
siguiente modo: