III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-21541)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican los procedimientos de operación 14.3 y 14.4 para la adaptación de la liquidación de los desvíos a la metodología ISH aprobada mediante Decisión n.º 18/2020 de la agencia ACER.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164204

En caso de que en una hora no se hayan activado energías de balance FRR o solo
se hayan activado energías FRR en un sentido, subir o bajar, o, habiéndose activado en
los dos sentidos, el volumen de energías FRR activadas en el sentido minoritario sea
inferior al 2% de las energías FRR activadas en el sentido mayoritario, el precio del
desvío será un precio único para todos los desvíos. A este respecto, se considerará
sentido mayoritario, subir o bajar, el sentido en el que se haya activado un mayor
volumen de energías de balance FRR.
En caso de que en una hora se hayan activado energías de balance FRR en los dos
sentidos, subir y bajar, y no se cumpla la condición de proporción del párrafo anterior, el
precio del desvío será un precio dual, diferente según el sentido del desvío.
13.1

Desvío total del sistema.

A efectos de determinar el desvío total del sistema (DTS), se calculará el saldo neto
horario de las energías a subir y a bajar asignadas, descontando la energía de balance
activada para necesidades de balance de otros TSO:
− Por la activación de ofertas a BSP internos de energía de balance RR.
− Por regulación terciaria.
− Por regulación secundaria.
− Ppor intercambios transfronterizos por energía RR.
− Por intercambios transfronterizos del proceso de compensación de desequilibrios
(IN).
DTS = - [Σu, (ΣqERRSu + ΣqERRBu) + (ΣqERRSCFu + ΣqERRBCFu) + Σu(ETERSu
+ETERBu) + Σz (ESECSz+ESECBz) + Σi (EIITBi + EEITBi) + Σi (EIINi + EEINi)]
El desvío total del sistema podrá ser:
(a) Desvío a subir, con signo positivo, cuando la necesidad neta del sistema ha sido
de energía de balance a bajar.
(b) Desvío a bajar, con signo negativo, cuando la necesidad neta del sistema ha
sido de energía de balance a subir.
(c) Nulo: cuando no ha habido necesidad neta del sistema.
13.2

Precio único de desvíos.

El precio del desvío será único para todos los desvíos, subir y bajar, si en la hora no
se han activado energías de balance FRR o sólo se han activado energías FRR en un
sentido, subir o bajar, o, habiéndose activado en los dos sentidos, el volumen de
energías FRR activadas en el sentido minoritario es inferior al 2% de las energías FRR
activadas en el sentido mayoritario. En este último caso, a los efectos de determinar el
precio aplicable de acuerdo con los siguientes supuestos, no se considerará la energía
en sentido minoritario:
(a) Si sólo se han activado energías de balance RR y FRR a subir, el precio del
desvío se calculará como:

Siendo PBALSUB el precio medio ponderado de las energías de balance RR y FRR
a subir activadas a los BSP del sistema eléctrico peninsular y de otros TSOs,
descontando la energía de balance activada para necesidades de otros TSO,
redondeado a dos decimales. El importe correspondiente a la activación de ofertas del
producto RR es el que resulta de valorar toda la energía neta a subir al precio marginal
del producto RR, independientemente de que la oferta se hubiera activado por razones
de control de flujo en la interconexión.

cve: BOE-A-2021-21541
Verificable en https://www.boe.es

PDESVbrp = PBALSUB