III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-21541)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican los procedimientos de operación 14.3 y 14.4 para la adaptación de la liquidación de los desvíos a la metodología ISH aprobada mediante Decisión n.º 18/2020 de la agencia ACER.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164184

10.2.3 Meses cuya última liquidación facturada es la Liquidación Intermedia
Provisional (C3) sin avance de la Liquidación Final Provisional publicada.
La determinación del importe de la garantía de operación adicional GOAm en los
meses que dispongan de Liquidación Intermedia Provisional (C3) facturada y para los
que no se haya publicado el avance de la Liquidación Final Provisional se realizará del
siguiente modo:
a) Se tomará la serie formada por los últimos cinco meses con Liquidación Final
Definitiva (C5) publicada por el operador del sistema.
b) Para cada Sujeto de Liquidación se calculará, para cada mes de la serie de cinco
meses, el porcentaje PFPD según la fórmula siguiente:
PFPD = (LFD – LIP) / LIP
Donde:
LFD es el importe neto consolidado del Mercado y de los Despachos de la
Liquidación Final Definitiva (C5).
LIP es el importe neto consolidado del Mercado y de los Despachos de la Liquidación
Intermedia Provisional (C3).
c) Se determinará el porcentaje P3PF como el tercer porcentaje PFPD más alto de
la serie de cinco meses. Si P3PF es inferior al 0,2% el valor de P3PF será el 0,2%. Si no
hay tres meses con LFD distinto de cero en la serie, el valor de P3 será el 1,8%
d) El importe de la garantía de operación adicional de cada mes m será:
GOAm = P3PF x LIP
Si LIP es cero y el Sujeto de Liquidación no está dado de baja en el mes, el valor de
GOAm será igual a la máxima diferencia deudora entre la Liquidación Final Definitiva y la
Liquidación Intermedia Provisional en la serie de cinco meses:
GOAm = máx (LFD – LIP)
10.2.4 Mes con avance de la Liquidación Final Provisional (A4) publicada no
facturada.
El importe de la garantía de operación adicional en los meses en los que se dispone
de Liquidación Final Provisional (A4) publicada no facturada será:
GOAm = IMPA4C3

10.2.5 Meses cuya última liquidación facturada es la Liquidación Final Provisional
(C4) sin avance de la Liquidación Final Definitiva (A5).
La determinación del importe de la garantía de operación adicional GOAm para los
meses en que se disponga de Liquidación Final Provisional (C4) facturada se realizará
como sigue:
a) Se calculará el valor del porcentaje P3PF del mismo modo que en el
apartado 10.2.3.

cve: BOE-A-2021-21541
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IMPA4C3 es la diferencia deudora neta consolidada del Mercado y de los Despachos
en el mes m entre el avance de la Liquidación Final Provisional (A4) y la Liquidación
Intermedia Provisional (C3). Si la diferencia es acreedora, el importe de GOAm será cero.