III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-21491)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Campo de Criptana, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Campo de Criptana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 163823

En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes
firmantes con el objetivo de ejecutar el Plan de Sostenibilidad Turística en Campo de
Criptana.
Este plan tiene como objetivo impulsar de manera definitiva el sector turístico
criptanense, mitigar el impacto económico y proyectar como actividad de regeneración
económico con motivo de la expansión del turismo rural, articulando dicho plan sobre 5
ejes programáticos, a saber:
– Eje 1-Movilidad sostenible: actuaciones (estudios, planes y equipamiento) para la
mejora de la movilidad, la gestión sostenible de la circulación de tráfico de visitantes y
residentes por el municipio, la descongestión de zonas saturadas y el control de la
capacidad de carga.
– Eje 2- Recuperación y preservación del patrimonio cultural: actuaciones de
recuperación y embellecimiento de recursos culturales declarados Bienes de Interés
Cultural, sobre el Casco histórico y sobre los alrededores.
– Eje 3-Gestión sostenible del destino: actuaciones de fortalecimiento del Ente
gestor, la implantación de sistemas de calidad y la definición y establecimiento de un
modelo de gestión basado en la sostenibilidad turística.
– Eje 4-Desarrollo turístico de producto: actuaciones de formación especializada para
el sector turístico privado de Campo de Criptana, acciones de desarrollo de producto
turístico de naturaleza, idiomático, gastronomía, productos agroalimentarios y la
artesanía. El resultado puede traducirse en la retención de la población frente a la
decisión de abandonar el municipio por falta de oportunidades
– Eje 5-Promoción sostenible del destino: actuaciones online dirigidas a buscar el
posicionamiento turístico diferenciado de Campo de Criptana, sus productos turísticos y
sus empresas respecto a otros destinos a través de la comunicación y la promoción.
Naturaleza.

La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que los convenios y acuerdos en los
que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que asumen
las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la Administración Local y las Administraciones del Estado y de las
Comunidades Autónomas, se desarrollará con carácter voluntario, mediante los
convenios administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios
deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

cve: BOE-A-2021-21491
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.