III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2021-21494)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja y la Mancomunidad de Desarrollo Turístico del Valle del Alhama-Linares, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en el Valle del Alhama-Linares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163862
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes
firmantes con el objetivo de ejecutar el Plan de Sostenibilidad Turística en el Valle del
Alhama-Linares.
Este plan persigue el objetivo de convertir el turismo en un sector que sea motor del
desarrollo económico sostenible del Valle del Alhama-Linares, a través de un gran
proyecto turístico vertebrador de todo el territorio, que genere actividad económica
sostenible, implicando y generando valor tanto a todos los agentes territoriales
(administraciones, empresas, escuelas, población en general) como a los turistas; que
contribuya a la protección y mantenimiento del medioambiente; y que permita poner en
valor sus recursos naturales, patrimoniales y etnográficos, combinándolos con la
generación de nuevos recursos innovadores.
Segunda.
Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que los convenios y acuerdos en los
que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que asumen
las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la Administración Local y las Administraciones del Estado y de las
Comunidades Autónomas, se desarrollará con carácter voluntario, mediante los
convenios administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios
deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Desarrollo Autonómico y la Mancomunidad de Desarrollo
Turístico del Valle del Alhama-Linares se comprometen a efectuar su aportación
económica según lo establecido en la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el
seguimiento detallado del propio convenio.
La Mancomunidad de Desarrollo Turístico del Valle del Alhama-Linares se
compromete a ejecutar las actuaciones objeto del plan y a destinar los recursos
humanos y materiales que sean necesarios para cumplir los plazos de ejecución y a
justificar la ejecución de las actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el presente
convenio.
cve: BOE-A-2021-21494
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163862
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes
firmantes con el objetivo de ejecutar el Plan de Sostenibilidad Turística en el Valle del
Alhama-Linares.
Este plan persigue el objetivo de convertir el turismo en un sector que sea motor del
desarrollo económico sostenible del Valle del Alhama-Linares, a través de un gran
proyecto turístico vertebrador de todo el territorio, que genere actividad económica
sostenible, implicando y generando valor tanto a todos los agentes territoriales
(administraciones, empresas, escuelas, población en general) como a los turistas; que
contribuya a la protección y mantenimiento del medioambiente; y que permita poner en
valor sus recursos naturales, patrimoniales y etnográficos, combinándolos con la
generación de nuevos recursos innovadores.
Segunda.
Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que los convenios y acuerdos en los
que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que asumen
las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la Administración Local y las Administraciones del Estado y de las
Comunidades Autónomas, se desarrollará con carácter voluntario, mediante los
convenios administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios
deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Desarrollo Autonómico y la Mancomunidad de Desarrollo
Turístico del Valle del Alhama-Linares se comprometen a efectuar su aportación
económica según lo establecido en la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el
seguimiento detallado del propio convenio.
La Mancomunidad de Desarrollo Turístico del Valle del Alhama-Linares se
compromete a ejecutar las actuaciones objeto del plan y a destinar los recursos
humanos y materiales que sean necesarios para cumplir los plazos de ejecución y a
justificar la ejecución de las actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el presente
convenio.
cve: BOE-A-2021-21494
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.