III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2021-21493)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Diputación provincial de Cáceres, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Vera-Valle del Jerte.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Año

Aplicación presupuestaria Fondos

Proyecto

Sec. III. Pág. 163852

Importe

Euros

2022

G/342A/76200

CA

20210471 533.000,00

2023

G/342A/76200

CA

20210471 533.000,00

a) Memoria general de las actuaciones realizadas con la ayuda del plan, en la que
se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en relación con los objetivos propuestos,
así como la previsión de la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de
Sostenibilidad Turística en Destino.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del plan en medios de comunicación.
d) Informe del Interventor de la Diputación Provincial de Cáceres de las
obligaciones reconocidas imputadas a cada actuación.
e) Informe del Interventor de la Diputación Provincial de Cáceres en el que se haga
constar que todas las facturas han sido pagadas.
f) Certificado del Secretario de la Diputación Provincial de Cáceres sobre la
realización de las actuaciones, en el que se consignarán los importes ejecutados

cve: BOE-A-2021-21493
Verificable en https://www.boe.es

2. La Comunidad Autónoma de Extremadura transferirá el importe a la Diputación
Provincial de Cáceres, como financiación anticipada, conforme a lo establecido por el
artículo 10 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio. La aportación podrá financiar las
actuaciones a realizar en los restantes ejercicios del convenio. El plazo de ejecución de
las actuaciones financiadas con la aportación de la Comunidad Autónoma empezará a
contar a partir de la efectividad de dicha aportación hasta la finalización del convenio.
La entidad local autoriza a la Comunidad Autónoma a obtener de forma directa, a los
efectos del presente convenio, la acreditación de que la entidad local se encuentra al
corriente en sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
3. Si por circunstancias excepcionales debidamente justificadas, las actuaciones no
pudieran ser ejecutadas en el plazo previsto, y por tal motivo se solicitara prórroga en el
plazo de ejecución y justificación, su concesión por parte de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, estará condicionada, en caso de que su normativa lo permita, a la
prestación de garantía por parte de la Diputación Provincial de Cáceres y por el importe
de las actuaciones pendientes de ejecución, que habrá de constituirse en metálico o en
aval bancario, y que se mantendrá hasta que la administración autorice su cancelación,
una vez ejecutadas y debidamente justificadas las actuaciones.
La referida garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en sus
sucursales, a disposición de la Comunidad Autónoma de Extremadura con sujeción a lo
dispuesto en el Título II, capítulo I o III del Reglamento de la Caja General de Depósitos,
aprobado por Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre o conforme disponga la
Comunidad Autónoma de Extremadura firmante del convenio según el Decreto 25/1994,
de 22 de febrero, por el que se desarrolla el Régimen de Tesorería y Coordinación
Presupuestaria de Extremadura.
La garantía no podrá ser pignorada y los gastos que genere la prestación del aval
serán por cuenta de la Diputación Provincial de Cáceres, no pudiendo imputarse a la
cuenta del Plan.
Para la cancelación de la garantía será necesario un informe del Interventor de la
Diputación Provincial de Cáceres en el que se haga constar que todas las facturas han
sido pagadas.
4. La justificación documental de la aplicación de los fondos correspondientes a la
aportación de la Comunidad Autónoma de Extremadura se realizará dentro de los tres
meses siguientes al término del plazo de ejecución de las actuaciones mediante la
presentación en castellano de los siguientes documentos a la Dirección General de
Turismo: