III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2021-21490)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria y la Mancomunidad de Municipios del Alto Asón, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en el Alto Asón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163810
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes
firmantes con el objetivo de ejecutar el Plan de Sostenibilidad Turística en el Alto Asón.
Este Plan persigue la transformación de la comarca del Alto Asón en un destino
turístico sostenible, inteligente y de calidad dentro de Cantabria, y tiene como objetivos
específicos vertebrar el destino mediante equipamientos como la senda del Asón como
herramienta turística sostenible que vertebre toda la comarca, la conversión hacia un
modelo DTI, basado en criterios de innovación, sostenibilidad, accesibilidad y calidad
turística, la digitalización y modernización de los servicios de recepción de flujos,
información y promoción turística, la creación de un nuevo producto gastronómico, y de
productos vinculados a la Red Natura 2000, centrado en la sostenibilidad de sus
procesos y el posicionamiento turístico de la comarca como destino sostenible.
Segunda.
Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que los convenios y acuerdos en los
que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que asumen
las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la Administración Local y las Administraciones del Estado y de las
Comunidades Autónomas, se desarrollará con carácter voluntario, mediante los
convenios administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios
deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio y la
Mancomunidad de Municipios Alto Asón se comprometen a efectuar su aportación
económica según lo establecido en la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el
seguimiento detallado del propio convenio.
La Mancomunidad de Municipios Alto Asón se compromete a ejecutar las
actuaciones objeto del plan y a destinar los recursos humanos y materiales que sean
necesarios para cumplir los plazos de ejecución y a justificar la ejecución de las
actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el presente convenio.
cve: BOE-A-2021-21490
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163810
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes
firmantes con el objetivo de ejecutar el Plan de Sostenibilidad Turística en el Alto Asón.
Este Plan persigue la transformación de la comarca del Alto Asón en un destino
turístico sostenible, inteligente y de calidad dentro de Cantabria, y tiene como objetivos
específicos vertebrar el destino mediante equipamientos como la senda del Asón como
herramienta turística sostenible que vertebre toda la comarca, la conversión hacia un
modelo DTI, basado en criterios de innovación, sostenibilidad, accesibilidad y calidad
turística, la digitalización y modernización de los servicios de recepción de flujos,
información y promoción turística, la creación de un nuevo producto gastronómico, y de
productos vinculados a la Red Natura 2000, centrado en la sostenibilidad de sus
procesos y el posicionamiento turístico de la comarca como destino sostenible.
Segunda.
Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que los convenios y acuerdos en los
que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que asumen
las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la Administración Local y las Administraciones del Estado y de las
Comunidades Autónomas, se desarrollará con carácter voluntario, mediante los
convenios administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios
deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio y la
Mancomunidad de Municipios Alto Asón se comprometen a efectuar su aportación
económica según lo establecido en la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el
seguimiento detallado del propio convenio.
La Mancomunidad de Municipios Alto Asón se compromete a ejecutar las
actuaciones objeto del plan y a destinar los recursos humanos y materiales que sean
necesarios para cumplir los plazos de ejecución y a justificar la ejecución de las
actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el presente convenio.
cve: BOE-A-2021-21490
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.