V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2021-51931)
Resolución número 1684/2021, de 14 de diciembre, de la Dirección General de Energía por la que se concede la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto denominado "Central hidroeléctrica de Bombeo Chira-Soria. Reformado del proyecto de construcción. Modificado II", expediente número AT 18R161.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 76606
1) Cabildo de Gran Canaria: con fecha 22 de octubre de 2021 se recibe
informe que concluye que el proyecto de referencia es conforme con el
planeamiento territorial, excepto en los siguientes elementos:
- La conducción de captación de aguas en el medio marino, cuyo trazado final
contempla una mayor longitud, definido como ampliación de la traza primigenia por
el Órgano Ambiental, es un uso no regulado en los Cuadros de regulación
específica para la tubería de captación de aguas y, por lo tanto, disconforme con el
PIO/GC para la zona marina.
- El emisario submarino en el medio marino, cuyo trazado final contempla una
mayor longitud, definida como ampliación de la traza primigenia por el Órgano
Ambiental, es disconforme con la Zonificación y Regulación de Usos del PIO/GC
para la zona marina.
- La línea eléctrica de evacuación de la central hidroeléctrica, la denominada
LAT, es disconforme con el PIO/GC y con el Plan de Gestión de la ZEC
ES7011004 Macizo de Tauro II. No obstante, ha sido evaluada por el Órgano
Ambiental como la mejor solución por lo que queda justificada desde el punto de
vista técnico y ambiental según lo previsto en el PTE 31.
- La instalación fotovoltaica, prevista en la plataforma de la chimenea de
equilibrio superior, es disconforme con el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque
Rural del Nublo, cuya eficacia ha decaído, y contraria a lo establecido en el
documento de tramitación del PORN.
- El lugar de depósito o vertido de excedentes de desmontes y excavaciones
en la zona norte, el Depósito de Cañada de la Vaca Sur, es disconforme con el
PIO/GC.
- El lugar de depósito o vertido de excedentes de desmontes y excavaciones
en la zona sur, el Depósito de Barranco del Vento, definido como opción
complementaria a la Cantera de San José, es disconforme con el PIO/GC.
2) Ayuntamiento de Mogán: con fecha 11 de octubre de 2021 se recibe informe
de referencia MPSB/nsr/363345/2021 del Negociado de Planeamiento del Servicio
de Urbanismos del Área de Desarrollo del Ayuntamiento de Mogán que concluye la
ausencia de ordenación de las siguientes obras proyectadas:
- Anexo a las instalaciones de la Central con el propósito de alojar los servicios
de comunicaciones y conductos eléctricos. (senda turística), en lo que respecta al
cauce del barranco de Arguineguín y al suelo en el margen izquierdo de la GC505
(conforme al sentido de discurrir de las aguas) a la altura de El Horno.
- Impulsión de agua producto desde el Bombeo I de la EDAM al Bombeo II
intermedio, en lo que respecta al cauce del barranco de Arguineguín y al suelo en
el margen izquierdo de la GC505 (conforme al sentido de discurrir de las aguas) a
la altura de El Horno.
- Línea de media tensión 20 kV y fibra óptica soterrada, en lo que respecta al
cauce del barranco de Arguineguín y al suelo en el margen izquierdo de la GC505
(conforme al sentido de discurrir de las aguas) a la altura de El Horno.
Por otro lado, dicho informe también concluye que los depósitos de inertes
cve: BOE-B-2021-51931
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 76606
1) Cabildo de Gran Canaria: con fecha 22 de octubre de 2021 se recibe
informe que concluye que el proyecto de referencia es conforme con el
planeamiento territorial, excepto en los siguientes elementos:
- La conducción de captación de aguas en el medio marino, cuyo trazado final
contempla una mayor longitud, definido como ampliación de la traza primigenia por
el Órgano Ambiental, es un uso no regulado en los Cuadros de regulación
específica para la tubería de captación de aguas y, por lo tanto, disconforme con el
PIO/GC para la zona marina.
- El emisario submarino en el medio marino, cuyo trazado final contempla una
mayor longitud, definida como ampliación de la traza primigenia por el Órgano
Ambiental, es disconforme con la Zonificación y Regulación de Usos del PIO/GC
para la zona marina.
- La línea eléctrica de evacuación de la central hidroeléctrica, la denominada
LAT, es disconforme con el PIO/GC y con el Plan de Gestión de la ZEC
ES7011004 Macizo de Tauro II. No obstante, ha sido evaluada por el Órgano
Ambiental como la mejor solución por lo que queda justificada desde el punto de
vista técnico y ambiental según lo previsto en el PTE 31.
- La instalación fotovoltaica, prevista en la plataforma de la chimenea de
equilibrio superior, es disconforme con el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque
Rural del Nublo, cuya eficacia ha decaído, y contraria a lo establecido en el
documento de tramitación del PORN.
- El lugar de depósito o vertido de excedentes de desmontes y excavaciones
en la zona norte, el Depósito de Cañada de la Vaca Sur, es disconforme con el
PIO/GC.
- El lugar de depósito o vertido de excedentes de desmontes y excavaciones
en la zona sur, el Depósito de Barranco del Vento, definido como opción
complementaria a la Cantera de San José, es disconforme con el PIO/GC.
2) Ayuntamiento de Mogán: con fecha 11 de octubre de 2021 se recibe informe
de referencia MPSB/nsr/363345/2021 del Negociado de Planeamiento del Servicio
de Urbanismos del Área de Desarrollo del Ayuntamiento de Mogán que concluye la
ausencia de ordenación de las siguientes obras proyectadas:
- Anexo a las instalaciones de la Central con el propósito de alojar los servicios
de comunicaciones y conductos eléctricos. (senda turística), en lo que respecta al
cauce del barranco de Arguineguín y al suelo en el margen izquierdo de la GC505
(conforme al sentido de discurrir de las aguas) a la altura de El Horno.
- Impulsión de agua producto desde el Bombeo I de la EDAM al Bombeo II
intermedio, en lo que respecta al cauce del barranco de Arguineguín y al suelo en
el margen izquierdo de la GC505 (conforme al sentido de discurrir de las aguas) a
la altura de El Horno.
- Línea de media tensión 20 kV y fibra óptica soterrada, en lo que respecta al
cauce del barranco de Arguineguín y al suelo en el margen izquierdo de la GC505
(conforme al sentido de discurrir de las aguas) a la altura de El Horno.
Por otro lado, dicho informe también concluye que los depósitos de inertes
cve: BOE-B-2021-51931
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308