V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2021-51931)
Resolución número 1684/2021, de 14 de diciembre, de la Dirección General de Energía por la que se concede la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto denominado "Central hidroeléctrica de Bombeo Chira-Soria. Reformado del proyecto de construcción. Modificado II", expediente número AT 18R161.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 76596
60) Heredad de Aguas del Horno: con fecha 28 de septiembre de 2020 se
recibe escrito de alegaciones en el que expone que a su juicio los documentos de
proyecto y estudio de impacto ambiental están incompletos y no abordan de
manera técnica y real la afección y repercusión del proyecto respecto a los
derechos de los heredamientos del Barranco de Arguineguín, y concretamente
sobre los derechos de la Heredad de Aguas del Horno, solicitando aclaraciones al
respecto, que se incluya en el inventario de bienes, derechos y aprovechamientos
las captaciones legales de aguas a la referida Heredad, incluir en la relación
concreta e individualizada de bines o derechos de necesaria expropiación los
bienes y derechos afectados de la referida Heredad y que se tomen las medidas
preventivas que sean necesarias para que durante la ejecución de las obras no se
afecte a las captaciones legales de agua de la referida Heredad.
Mediante escrito de referencia CHSC-GEN-REE-TRAM-ALE-RS2020-026, de
fecha 5 de octubre de 2020, el promotor contesta a las alegaciones planteadas,
trasladándose al alegante con fecha 8 de octubre de 2020, no recibiéndose nuevas
alegaciones.
61) Heredad de Regantes Cercados de Espino: con fecha 28 de septiembre de
2020 se recibe escrito de alegaciones en el que expone que a su juicio los
documentos de proyecto y estudio de impacto ambiental están incompletos y no
abordan de manera técnica y real la afección y repercusión del proyecto respecto a
los derechos de los heredamientos del Barranco de Arguineguín, y concretamente
sobre los derechos de la Heredad de Regantes Cercados de Espino, solicitando
aclaraciones al respecto, que se incluya en el inventario de bienes, derechos y
aprovechamientos las captaciones legales de aguas a la referida Heredad, incluir
en la relación concreta e individualizada de bines o derechos de necesaria
expropiación los bienes y derechos afectados de la referida Heredad y que se
tomen las medidas preventivas que sean necesarias para que durante la ejecución
de las obras no se afecte a las captaciones legales de agua de la referida Heredad.
Mediante escrito de referencia CHSC-GEN-REE-TRAM-ALE-RS2020-020, de
fecha 7 de octubre de 2020, el promotor contesta a las alegaciones planteadas,
trasladándose al alegante con fecha 7 de octubre de 2020, no recibiéndose nuevas
alegaciones.
62) Heredad de Aguas de Peñones: con fecha 28 de septiembre de 2020 se
recibe escrito de alegaciones en el que expone que a su juicio los documentos de
proyecto y estudio de impacto ambiental están incompletos y no abordan de
manera técnica y real la afección y repercusión del proyecto respecto a los
derechos de los heredamientos del Barranco de Arguineguín, y concretamente
sobre los derechos de la Heredad de Aguas de Peñones, solicitando aclaraciones
al respecto, que se incluya en el inventario de bienes, derechos y
aprovechamientos las captaciones legales de aguas a la referida Heredad, incluir
en la relación concreta e individualizada de bines o derechos de necesaria
expropiación los bienes y derechos afectados de la referida Heredad y que se
tomen las medidas preventivas que sean necesarias para que durante la ejecución
de las obras no se afecte a las captaciones legales de agua de la referida Heredad.
Mediante escrito de referencia CHSC-GEN-REE-TRAM-ALE-RS2020-021, de
fecha 7 de octubre de 2020, el promotor contesta a las alegaciones planteadas,
trasladándose al alegante con fecha 8 de octubre de 2020, no recibiéndose nuevas
alegaciones.
cve: BOE-B-2021-51931
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 76596
60) Heredad de Aguas del Horno: con fecha 28 de septiembre de 2020 se
recibe escrito de alegaciones en el que expone que a su juicio los documentos de
proyecto y estudio de impacto ambiental están incompletos y no abordan de
manera técnica y real la afección y repercusión del proyecto respecto a los
derechos de los heredamientos del Barranco de Arguineguín, y concretamente
sobre los derechos de la Heredad de Aguas del Horno, solicitando aclaraciones al
respecto, que se incluya en el inventario de bienes, derechos y aprovechamientos
las captaciones legales de aguas a la referida Heredad, incluir en la relación
concreta e individualizada de bines o derechos de necesaria expropiación los
bienes y derechos afectados de la referida Heredad y que se tomen las medidas
preventivas que sean necesarias para que durante la ejecución de las obras no se
afecte a las captaciones legales de agua de la referida Heredad.
Mediante escrito de referencia CHSC-GEN-REE-TRAM-ALE-RS2020-026, de
fecha 5 de octubre de 2020, el promotor contesta a las alegaciones planteadas,
trasladándose al alegante con fecha 8 de octubre de 2020, no recibiéndose nuevas
alegaciones.
61) Heredad de Regantes Cercados de Espino: con fecha 28 de septiembre de
2020 se recibe escrito de alegaciones en el que expone que a su juicio los
documentos de proyecto y estudio de impacto ambiental están incompletos y no
abordan de manera técnica y real la afección y repercusión del proyecto respecto a
los derechos de los heredamientos del Barranco de Arguineguín, y concretamente
sobre los derechos de la Heredad de Regantes Cercados de Espino, solicitando
aclaraciones al respecto, que se incluya en el inventario de bienes, derechos y
aprovechamientos las captaciones legales de aguas a la referida Heredad, incluir
en la relación concreta e individualizada de bines o derechos de necesaria
expropiación los bienes y derechos afectados de la referida Heredad y que se
tomen las medidas preventivas que sean necesarias para que durante la ejecución
de las obras no se afecte a las captaciones legales de agua de la referida Heredad.
Mediante escrito de referencia CHSC-GEN-REE-TRAM-ALE-RS2020-020, de
fecha 7 de octubre de 2020, el promotor contesta a las alegaciones planteadas,
trasladándose al alegante con fecha 7 de octubre de 2020, no recibiéndose nuevas
alegaciones.
62) Heredad de Aguas de Peñones: con fecha 28 de septiembre de 2020 se
recibe escrito de alegaciones en el que expone que a su juicio los documentos de
proyecto y estudio de impacto ambiental están incompletos y no abordan de
manera técnica y real la afección y repercusión del proyecto respecto a los
derechos de los heredamientos del Barranco de Arguineguín, y concretamente
sobre los derechos de la Heredad de Aguas de Peñones, solicitando aclaraciones
al respecto, que se incluya en el inventario de bienes, derechos y
aprovechamientos las captaciones legales de aguas a la referida Heredad, incluir
en la relación concreta e individualizada de bines o derechos de necesaria
expropiación los bienes y derechos afectados de la referida Heredad y que se
tomen las medidas preventivas que sean necesarias para que durante la ejecución
de las obras no se afecte a las captaciones legales de agua de la referida Heredad.
Mediante escrito de referencia CHSC-GEN-REE-TRAM-ALE-RS2020-021, de
fecha 7 de octubre de 2020, el promotor contesta a las alegaciones planteadas,
trasladándose al alegante con fecha 8 de octubre de 2020, no recibiéndose nuevas
alegaciones.
cve: BOE-B-2021-51931
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308