III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2021-21343)
Orden TED/1446/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de incentivos a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas (Programa CE Implementa), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162353
del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio
de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles.
e) No alcanzar la puntuación mínima que se establezca en cada convocatoria
respecto a los criterios de valoración que figuran en el siguiente apartado 2.
2.
Criterios de valoración
Las solicitudes se valorarán teniendo en cuenta las siguientes circunstancias,
determinándose en la convocatoria la puntuación a asignar conforme a criterios objetivos
y, en su caso, ponderación correspondiente:
Criterio de valoración
Puntuación
Características del proyecto
1. Los socios o miembros son exclusivamente personas físicas, pymes o
entidades locales.
0-15
2.
Socios o miembros situados en las proximidades del proyecto.
0-25
3.
Proyectos multi-componente e innovadores.
0-25
Viabilidad económica
1.
Reducción sobre la ayuda máxima.
0-15
2.
Plan de negocio y cadena de valor.
0-15
Externalidades
1.
Impacto social y de género.
0-25
2.
Dinamización social.
0-15
3.
Adecuación prioridades autonómica y/o locales.
0-15
Total máximo a conceder.
100
Los socios o miembros son exclusivamente personas físicas, pymes o entidades
locales. Recibirán el total de la puntuación correspondiente a este criterio aquellas
solicitudes que certifiquen que sus socios o miembros son exclusivamente personas
físicas, pymes y/o entidades locales.
Socios o miembros situados en las proximidades del proyecto. Recibirán el total de la
puntuación correspondiente a este criterio aquellas solicitudes cuyos socios o miembros
estén situados en las proximidades del proyecto, si desarrollan su actividad o residen
dentro del radio de actuación del emplazamiento de la actividad considerado como límite
de proximidad. Este radio de actuación, el límite de proximidad, será establecido en cada
convocatoria siendo, como máximo, cincuenta kilómetros.
En el caso de proyectos que presenten múltiples actuaciones, se tomará como
referencia para el cumplimiento de este criterio aquella actuación con mayor presupuesto
asociado.
En el caso de proyectos que presenten múltiples actuaciones, la distancia máxima
entre aquellas que estén más alejadas no deberá superar el límite de proximidad que se
establezca en la convocatoria.
Proyectos multi-componente e innovadores. Se valorarán aquellas solicitudes que
cumplan con los requisitos especificados en el artículo 2 de esta orden.
cve: BOE-A-2021-21343
Verificable en https://www.boe.es
La puntuación mínima para acceder a la valoración, es de 30 puntos, salvo que se
indique otro valor en la correspondiente convocatoria.
Se valorará sobre un total de 100 puntos.
La evaluación de cada uno de estos criterios se realizará en base al cumplimiento de
los siguientes requisitos para ser puntuables:
Núm. 308
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162353
del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio
de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles.
e) No alcanzar la puntuación mínima que se establezca en cada convocatoria
respecto a los criterios de valoración que figuran en el siguiente apartado 2.
2.
Criterios de valoración
Las solicitudes se valorarán teniendo en cuenta las siguientes circunstancias,
determinándose en la convocatoria la puntuación a asignar conforme a criterios objetivos
y, en su caso, ponderación correspondiente:
Criterio de valoración
Puntuación
Características del proyecto
1. Los socios o miembros son exclusivamente personas físicas, pymes o
entidades locales.
0-15
2.
Socios o miembros situados en las proximidades del proyecto.
0-25
3.
Proyectos multi-componente e innovadores.
0-25
Viabilidad económica
1.
Reducción sobre la ayuda máxima.
0-15
2.
Plan de negocio y cadena de valor.
0-15
Externalidades
1.
Impacto social y de género.
0-25
2.
Dinamización social.
0-15
3.
Adecuación prioridades autonómica y/o locales.
0-15
Total máximo a conceder.
100
Los socios o miembros son exclusivamente personas físicas, pymes o entidades
locales. Recibirán el total de la puntuación correspondiente a este criterio aquellas
solicitudes que certifiquen que sus socios o miembros son exclusivamente personas
físicas, pymes y/o entidades locales.
Socios o miembros situados en las proximidades del proyecto. Recibirán el total de la
puntuación correspondiente a este criterio aquellas solicitudes cuyos socios o miembros
estén situados en las proximidades del proyecto, si desarrollan su actividad o residen
dentro del radio de actuación del emplazamiento de la actividad considerado como límite
de proximidad. Este radio de actuación, el límite de proximidad, será establecido en cada
convocatoria siendo, como máximo, cincuenta kilómetros.
En el caso de proyectos que presenten múltiples actuaciones, se tomará como
referencia para el cumplimiento de este criterio aquella actuación con mayor presupuesto
asociado.
En el caso de proyectos que presenten múltiples actuaciones, la distancia máxima
entre aquellas que estén más alejadas no deberá superar el límite de proximidad que se
establezca en la convocatoria.
Proyectos multi-componente e innovadores. Se valorarán aquellas solicitudes que
cumplan con los requisitos especificados en el artículo 2 de esta orden.
cve: BOE-A-2021-21343
Verificable en https://www.boe.es
La puntuación mínima para acceder a la valoración, es de 30 puntos, salvo que se
indique otro valor en la correspondiente convocatoria.
Se valorará sobre un total de 100 puntos.
La evaluación de cada uno de estos criterios se realizará en base al cumplimiento de
los siguientes requisitos para ser puntuables: