III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-21278)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Vinaròs, en materia de seguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Jueves 23 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 159535

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
21278

Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad
y el Ayuntamiento de Vinaròs, en materia de seguridad.

Habiéndose suscrito el 9 de diciembre de 2021 el Convenio entre el Ministerio del
Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Vinaròs en materia
de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
Convenio que figura como anexo a esta Resolución,
Madrid, 15 de diciembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y el
Ayuntamiento de Vinaròs en materia de seguridad
9 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad, cargo para
el que fue nombrado por el Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, don Guillermo Alsina Gilabert, Alcalde del Ayuntamiento de Vinaròs
(en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 15 de
junio de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en Plaza Parroquial, 12, CP 1500 de Vinaròs.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Por un lado, el artículo 149.1. 29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, al Ministerio del Interior, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en relación
con la administración general de la seguridad ciudadana; la promoción de las

cve: BOE-A-2021-21278
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Primero.