III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21197)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del "Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159156
Resumen Alegación/
Respuesta.
Tras el análisis de distintas alternativas y soluciones, se consideran como necesarias las actuaciones de:
– Mejora en la utilización de la red actual.
– Dotación de grupos electrógenos que permitan la reposición rápida y desde el centro de control del servicio
eléctrico, en el caso de un apagón parcial o total del sistema eléctrico nacional.
– Necesidades por oscilaciones amortiguadas para mejorar la seguridad de suministro.
– Plan de instalación de reactancias para control de tensión en la península.
– Instalación de aparatos de control automático de la generación en los sistemas y despachos de telecontrol y sus
necesidades de telecomunicaciones.
– Alimentaciones de ejes ferroviarios.
– Apoyo a la red de distribución.
– Petición de modificación de la conexión de grandes consumidores directamente conectados a la red de transporte,
por aumento de la demandad prevista.
– Integración de renovables y resolución de restricciones técnicas.
– Desarrollo de la red que permita asegurar instalaciones antiguas en las que exista algún problema la fiabilidad de la
red establecida en los procedimientos de operación.
– Mejora de conexión de los sistemas extra-peninsulares.
– Mejora de las interconexiones internacionales con Francia, Andorra y Marruecos.
En el caso, por ejemplo, de los emplazamientos de nuevas subestaciones, se tratará de realizar, siempre que sea
técnicamente viable, en zonas de cultivos agrícolas de baja productividad o eriales, evitando las áreas en las que el
valor ecológico de las formaciones vegetales presentes sea mayor.
Se entiende que la presencia de HIC se encuentra comprendida en áreas de alto valor ecológico, por lo que se
deberá evitar cualquier emplazamiento de infraestructuras previstas sobre los mismos, precaviendo así su alteración.
Este Servicio considera que sería conveniente completar el Panel de Indicadores incorporando un indicador relativo a
la superficie de HIC que puede verse alterada por el Plan tanto dentro como fuera de la Red Natura 2000, sean
prioritarios o no.
Otros.
Anexos con consideraciones establecidas en los informes elaborados por las áreas competentes en la gestión de
espacios protegidos de las provincias, que se resumen en:
– El Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Delegación Territorial en Almería (22/03/2021), que haciendo
referencia a las posibles interacciones del plan con la Red Natura 2000 concluye que no se producirán afecciones
significativas sobre hábitats o especies protegidos de la Red Natura 2000, ni riesgos sobre la integridad de estos
espacios. Si bien, advierte que el marco territorial en el que se emplaza la subestación de La Ribina coincide con
terrenos a los que se les identifica una presencia alta de tortuga mora (Testudo graeca), indicando que por lo que las
actuaciones que afecten a este enclave deberían optar por las alternativas con menor incidencia ambiental.
– El Servicio de EENNPP de la Delegación Territorial en Córdoba (22/03/2021), quien concluye que, examinada la
documentación aportada, no se pueden determinar con exactitud las afecciones a la Red Natura 2000 por la propia
naturaleza del Plan, indicando que habrá que analizar con detalle en el desarrollo de los proyectos de desarrollo del
Plan.
– El Departamento de Gestión de EENNPP de la Delegación Territorial en Granada (22/10/2020), concluye que se
considera viable la planificación de desarrollo, siempre que se tengan en cuenta las recomendaciones y medidas que
incorpora de acuerdo con los criterios generales de conservación y gestión de los lugares Red Natura 2000 y resto de
Espacios Naturales Protegidos.
– El Departamento de Gestión de EENNPP de la Delegación Territorial en Huelva (20/10/2020), informa que se
requerirá de una profunda evaluación que determine los efectos que producirá cada una de las alternativas sobre la
Red Natura 2000.
– La Delegación Territorial en Málaga (21/10/2020), informa que la documentación viene expresada en términos
genéricos, pero al mismo tiempo el carácter público y la servidumbre asociada a las líneas de transporte, requiere
conocer el trazado concreto. No obstante, aclara que hasta que se describa el trazado de la red, es suficiente con las
consideraciones aportadas por el promotor.
– La Delegación Territorial en Jaén (17/11/2020), concluye que siempre que se cumpla con las condiciones y buenas
prácticas reseñadas en el informe remitido, no es previsible que se produzcan repercusiones significativas, tanto
directas como indirectas, sobre los hábitats y especies de interés comunitario incluidos en los anexos I, II y IV de la
Directiva 92/43/CEE del Consejo, presentes en los diferentes espacios Red Natura 2000 existentes en la provincia de
Jaén.
cve: BOE-A-2021-21197
Verificable en https://www.boe.es
Andalucía
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159156
Resumen Alegación/
Respuesta.
Tras el análisis de distintas alternativas y soluciones, se consideran como necesarias las actuaciones de:
– Mejora en la utilización de la red actual.
– Dotación de grupos electrógenos que permitan la reposición rápida y desde el centro de control del servicio
eléctrico, en el caso de un apagón parcial o total del sistema eléctrico nacional.
– Necesidades por oscilaciones amortiguadas para mejorar la seguridad de suministro.
– Plan de instalación de reactancias para control de tensión en la península.
– Instalación de aparatos de control automático de la generación en los sistemas y despachos de telecontrol y sus
necesidades de telecomunicaciones.
– Alimentaciones de ejes ferroviarios.
– Apoyo a la red de distribución.
– Petición de modificación de la conexión de grandes consumidores directamente conectados a la red de transporte,
por aumento de la demandad prevista.
– Integración de renovables y resolución de restricciones técnicas.
– Desarrollo de la red que permita asegurar instalaciones antiguas en las que exista algún problema la fiabilidad de la
red establecida en los procedimientos de operación.
– Mejora de conexión de los sistemas extra-peninsulares.
– Mejora de las interconexiones internacionales con Francia, Andorra y Marruecos.
En el caso, por ejemplo, de los emplazamientos de nuevas subestaciones, se tratará de realizar, siempre que sea
técnicamente viable, en zonas de cultivos agrícolas de baja productividad o eriales, evitando las áreas en las que el
valor ecológico de las formaciones vegetales presentes sea mayor.
Se entiende que la presencia de HIC se encuentra comprendida en áreas de alto valor ecológico, por lo que se
deberá evitar cualquier emplazamiento de infraestructuras previstas sobre los mismos, precaviendo así su alteración.
Este Servicio considera que sería conveniente completar el Panel de Indicadores incorporando un indicador relativo a
la superficie de HIC que puede verse alterada por el Plan tanto dentro como fuera de la Red Natura 2000, sean
prioritarios o no.
Otros.
Anexos con consideraciones establecidas en los informes elaborados por las áreas competentes en la gestión de
espacios protegidos de las provincias, que se resumen en:
– El Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Delegación Territorial en Almería (22/03/2021), que haciendo
referencia a las posibles interacciones del plan con la Red Natura 2000 concluye que no se producirán afecciones
significativas sobre hábitats o especies protegidos de la Red Natura 2000, ni riesgos sobre la integridad de estos
espacios. Si bien, advierte que el marco territorial en el que se emplaza la subestación de La Ribina coincide con
terrenos a los que se les identifica una presencia alta de tortuga mora (Testudo graeca), indicando que por lo que las
actuaciones que afecten a este enclave deberían optar por las alternativas con menor incidencia ambiental.
– El Servicio de EENNPP de la Delegación Territorial en Córdoba (22/03/2021), quien concluye que, examinada la
documentación aportada, no se pueden determinar con exactitud las afecciones a la Red Natura 2000 por la propia
naturaleza del Plan, indicando que habrá que analizar con detalle en el desarrollo de los proyectos de desarrollo del
Plan.
– El Departamento de Gestión de EENNPP de la Delegación Territorial en Granada (22/10/2020), concluye que se
considera viable la planificación de desarrollo, siempre que se tengan en cuenta las recomendaciones y medidas que
incorpora de acuerdo con los criterios generales de conservación y gestión de los lugares Red Natura 2000 y resto de
Espacios Naturales Protegidos.
– El Departamento de Gestión de EENNPP de la Delegación Territorial en Huelva (20/10/2020), informa que se
requerirá de una profunda evaluación que determine los efectos que producirá cada una de las alternativas sobre la
Red Natura 2000.
– La Delegación Territorial en Málaga (21/10/2020), informa que la documentación viene expresada en términos
genéricos, pero al mismo tiempo el carácter público y la servidumbre asociada a las líneas de transporte, requiere
conocer el trazado concreto. No obstante, aclara que hasta que se describa el trazado de la red, es suficiente con las
consideraciones aportadas por el promotor.
– La Delegación Territorial en Jaén (17/11/2020), concluye que siempre que se cumpla con las condiciones y buenas
prácticas reseñadas en el informe remitido, no es previsible que se produzcan repercusiones significativas, tanto
directas como indirectas, sobre los hábitats y especies de interés comunitario incluidos en los anexos I, II y IV de la
Directiva 92/43/CEE del Consejo, presentes en los diferentes espacios Red Natura 2000 existentes en la provincia de
Jaén.
cve: BOE-A-2021-21197
Verificable en https://www.boe.es
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