III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-21188)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio por el que se formaliza la encomienda de gestión a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de gestión de prestaciones sanitarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159003
Autónoma de Andalucía en materia de gestión de prestaciones sanitarias, siendo
publicado en el BOE número 66, del 16 de marzo de 2018 (en adelante, Convenio).
Segundo.
Que la cláusula quinta del Convenio regula su vigencia y establece que la misma se
extiende hasta el 30 de diciembre de 2021, además de prever que puede prorrogarse por
acuerdo unánime de las partes por un periodo de cuatro años adicionales antes de la
fecha en que finalice su vigencia.
Tercero.
Al amparo de lo previsto en la cláusula quinta del Convenio, y manteniéndose las
mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, las partes entienden que debe
prorrogarse el mismo por un periodo de cuatro años adicionales.
A tal efecto las partes firmantes acuerdan la suscripción de la presente Adenda de
Prórroga, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes acuerdan prorrogar desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de
diciembre de 2025, una vez cumplido el requisito para la eficacia de la Adenda
contemplado en la cláusula tercera, el Convenio por el que se formaliza la encomienda
de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del
Estado (MUFACE) a la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía en
materia de gestión de prestaciones sanitarias.
Segunda.
Como compensación por los gastos que puedan ocasionarse, MUFACE abonará a la
Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, con carácter anual, la cantidad
de setenta y siete mil ochocientos veinte euros con doce céntimos (77.820,12 €), que se
financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.312E.259.
Tercera.
Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente Adenda, las partes la
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último
de los firmantes.–El Consejero de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, Jesús
Ramón Aguirre Muñoz.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios
Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-21188
Verificable en https://www.boe.es
La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo
establecido en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, debiendo ser publicado
en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE).
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159003
Autónoma de Andalucía en materia de gestión de prestaciones sanitarias, siendo
publicado en el BOE número 66, del 16 de marzo de 2018 (en adelante, Convenio).
Segundo.
Que la cláusula quinta del Convenio regula su vigencia y establece que la misma se
extiende hasta el 30 de diciembre de 2021, además de prever que puede prorrogarse por
acuerdo unánime de las partes por un periodo de cuatro años adicionales antes de la
fecha en que finalice su vigencia.
Tercero.
Al amparo de lo previsto en la cláusula quinta del Convenio, y manteniéndose las
mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, las partes entienden que debe
prorrogarse el mismo por un periodo de cuatro años adicionales.
A tal efecto las partes firmantes acuerdan la suscripción de la presente Adenda de
Prórroga, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes acuerdan prorrogar desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de
diciembre de 2025, una vez cumplido el requisito para la eficacia de la Adenda
contemplado en la cláusula tercera, el Convenio por el que se formaliza la encomienda
de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del
Estado (MUFACE) a la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía en
materia de gestión de prestaciones sanitarias.
Segunda.
Como compensación por los gastos que puedan ocasionarse, MUFACE abonará a la
Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, con carácter anual, la cantidad
de setenta y siete mil ochocientos veinte euros con doce céntimos (77.820,12 €), que se
financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.312E.259.
Tercera.
Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente Adenda, las partes la
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último
de los firmantes.–El Consejero de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, Jesús
Ramón Aguirre Muñoz.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios
Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.
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cve: BOE-A-2021-21188
Verificable en https://www.boe.es
La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo
establecido en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, debiendo ser publicado
en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE).