III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-21172)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Iberia, Líneas Aéreas de España, SA, Operadora, Sociedad Unipersonal, para el desarrollo de actividades culturales y académicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 158900

II. Que el Instituto Cervantes es considerado una entidad beneficiaria del
mecenazgo de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al
Mecenazgo.
III. Que Iberia es una sociedad constituida con duración indefinida el 23 de
diciembre de 2009 mediante escritura otorgada ante el Notario de Madrid don Antonio
Fernández-Golfín Aparicio, con el número 2.980 de su protocolo, inscrita en el Registro
Mercantil de Madrid al tomo 27.301, folio 79, hoja M491912. Su objeto social comprende,
entre otras, las siguientes actividades: Explotación del transporte aéreo de personas,
mercancías de todas clases y correo.
IV. Que Iberia mantiene un compromiso de contribución al desarrollo que va más
allá de su actividad empresarial/social. Éste se concreta en una amplia labor de
patrocinio en actividades de interés general e iniciativas que generen un alto valor para
Iberia.
V. Que Iberia conoce las iniciativas que lleva a cabo el Instituto Cervantes, y,
específicamente, tiene interés en colaborar en el desarrollo de las actividades culturales
y académicas que este programa.
VI. Que, con fecha 30 de agosto de 2019, el Ministerio de Hacienda, conforme a lo
establecido en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ha autorizado el
modelo normalizado del Convenio al que el presente Convenio se ajusta.
VII. A los efectos de lo previsto en el artículo 50.2 de la citada Ley 40/2015, el
presente Convenio responde a un modelo-tipo de Convenio de patrocinio en especie,
autorizado por el Ministerio de Hacienda en fecha 30 de agosto de 2019.
VIII. Que en virtud de lo anteriormente expuesto, el Instituto Cervantes e Iberia
acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
En virtud del presente Convenio, Iberia se compromete a colaborar con el Instituto
Cervantes, mediante la aportación en especie establecida en la cláusula segunda, que
este último destinará íntegramente y con carácter exclusivo al desarrollo de sus
actividades culturales y académicas en su centro en Dakar, Senegal, como:
– La inauguración y puesta en funcionamiento del nuevo centro del Instituto
Cervantes en Dakar que cuenta, entre otros servicios, con una biblioteca.
Segunda.

Aportación económica y forma de pago.

Iberia realizará la siguiente aportación en especie para el desarrollo de las
actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes indicadas en la cláusula
anterior:

Esta aportación en especie se valora en la cantidad total máxima de dos mil
cuatrocientos cuarenta y siete euros (2.447 €). La valoración de la aportación se
realizará conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.
El Instituto Cervantes, una vez reciba, en su caso, la mencionada aportación, remitirá
a Iberia la oportuna certificación acreditativa de la aportación realizada a efectos de lo
dispuesto en la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las

cve: BOE-A-2021-21172
Verificable en https://www.boe.es

– Transporte de España a Dakar de material para el centro del IC en Dakar, en
especial, fondo de biblioteca y otros materiales como libros y recursos para el
aprendizaje del español hasta un máximo de 4 metros cúbicos. Cualquier exceso de
volumen sobre los 4 metros cúbicos se facturará a una tarifa preferencial.