III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Convenios. (BOE-A-2021-21207)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica el Convenio con el Colegio Universitario de Estudios Financieros, para la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares del alumnado de titulaciones oficiales de grado y máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 159209

Comunicar las faltas de asistencia, disciplina y cualesquiera otras que, a criterio del
tutor o tutora formativo/a, puedan cometer los estudiantes durante el tiempo de
realización de las Prácticas, lo que podría conllevar la suspensión de las mismas.
Comunicar las renuncias que puedan producirse antes de haberse cumplido el
período de vigencia de las Prácticas y la fecha exacta de dicha renuncia o
incomparecencia.
Facilitar el acceso a CNMV a la persona que ejerza la tutoría académica, para el
cumplimiento de los fines propios de su función.
Emitir al estudiante el documento acreditativo con la descripción de las Prácticas,
especificando su duración, fechas de realización y actividades realizadas.
Emitir el informe final según modelo facilitado por CUNEF.
Sexta.

Obligaciones de CUNEF.

CUNEF se compromete a poner a disposición del estudiantado los modelos de
solicitud para participar en el programa de Prácticas, así como a poner a disposición de
CNMV los modelos para que esta le traslade su oferta de Prácticas.
De igual manera, CUNEF se compromete a convocar, difundir entre su estudiantado
y tramitar, las ofertas de Prácticas que reciba de CNMV en el marco de este Convenio.
CUNEF cumplirá en todo caso los principios de transparencia, publicidad,
accesibilidad universal e igualdad de oportunidades en las prácticas ofertadas.
Séptima. Adjudicación de las prácticas.
Para cada estudiante que realice las prácticas formativas en la CNMV se suscribirá
un anexo al presente Convenio, que será individual para cada alumno y en él se
reflejarán los datos del estudiante, titulación, créditos ECTS, el proyecto formativo de las
prácticas, en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias que
debe adquirir el estudiante, la fecha de incorporación y finalización de la práctica, horas
totales de la práctica, el horario y lugar de realización, la ayuda al estudio que
corresponda, el tutor designado por la CNMV y el tutor académico.
La oferta de plazas a favor de los estudiantes de CUNEF se regirá por lo establecido
en el Reglamento de Prácticas Externas de CUNEF.
CUNEF presentará a la CNMV los candidatos que dentro de las condiciones
generales del presente Convenio, considere idóneos por su adecuación al perfil
solicitado por la CNMV.
La CNMV seleccionará al estudiante/s que reúna/n las mejores condiciones para el
desarrollo del programa formativo y lo/s adscribirá a la unidad o unidades de la
organización en las que puedan conocer y aplicar los aspectos prácticos de su
formación.

CUNEF nombrará una tutora o tutor académico de entre su profesorado, que tendrá
como función el asesoramiento metodológico y técnico en las áreas de trabajo del
estudiante. Asimismo, en CNMV se designará una persona que ejercerá la tutoría
formativa y que desarrolle las funciones de guía, supervisión y asesoramiento del
estudiante mientras realice las prácticas en dicha entidad. La persona que realice la
tutoría formativa realizará y remitirá a la persona que ejerza la tutoría académica el
informe final según el modelo facilitado CUNEF.
Quienes realicen las tutorías académicas y formativas obtendrán de la Universidad el
reconocimiento de su actividad de conformidad con la normativa interna de aplicación.
Las personas que realicen las tutorías formativas y académicas tendrán los
siguientes derechos:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora, por parte de CUNEF, en los
términos previstos en el presente Convenio y en el Reglamento de Prácticas de CUNEF.

cve: BOE-A-2021-21207
Verificable en https://www.boe.es

Octava. Tutorías.