III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-21200)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Fundación Damm, para el mecenazgo de las actividades culturales del museo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 159190

2.3 Todos los importes referidos en el apartado precedente serán ingresados por la
Fundación Damm en los 30 (treinta) días posteriores a la recepción de las
correspondientes facturas enviadas por el MNCARS, en la cuenta corriente que el
MNCARS tiene abierta en el Banco Santander (número de cuenta IBAN ES51 0049 0001
5323 1183 1569). El MNCARS se compromete a entregar al Colaborador el certificado de
las aportaciones recibidas en un plazo no superior a diez (10) días desde que el ingreso
se haga efectivo.
Tercera. Obligaciones del MNCARS.
3.1 Como organizador de las actividades objeto de mecenazgo, el MNCARS se
compromete, a aplicar la cantidad aportada por el Colaborador a la ejecución de las
mismas.
Además, el MNCARS asume con respecto a la Fundación Damm el compromiso de
difundir por cualquier medio la colaboración prestada por aquélla en las actividades que
desarrolle en cumplimiento de su finalidad y que motivan este Convenio. La difusión de
la colaboración de la Fundación Damm por parte del MNCARS no constituirá una
prestación de servicios.
3.2 En particular, para asegurar dicha difusión el MNCARS llevará a cabo las
siguientes acciones:
– Potenciar la difusión y comunicación nacional e internacional de la colaboración de
la Fundación Damm en el mecenazgo de las actividades del MNCARS a través de
medios tales como la inclusión del logotipo de Fundación Damm en los paneles
destinados al reconocimiento de patrocinadores y colaboradores situados en los hall de
entrada de los edificios Sabatini y Nouvel del MNCARS; así como inclusión del logotipo
de la Fundación Damm en la memoria anual de actividades y cualquier otra publicación
editada por el MNCARS que recoja sus actividades y/o las colaboraciones de
instituciones y empresas.
Cuarta.

Uso de logotipos e imagen.

4.1 Todos los soportes gráficos (logotipo) necesarios para las inserciones del
nombre de la Fundación Damm en los medios de difusión empleados por el MNCARS
serán facilitados por Grupo Damm y el MNCARS no podrá alterarlos ni modificarlos sin el
previo consentimiento de la otra parte, ni utilizarlos para fines distintos a los pactados en
el presente Convenio.
4.2 Cualquier material de difusión derivado de la ejecución del presente Convenio
que deba ser sometido a la supervisión y aprobación por la Fundación Damm deberá ser
remitido por el MNCARS con una antelación suficiente que permita la adecuada revisión.
Tales revisiones deberán realizarse por la Fundación Damm en el menor tiempo posible,
a fin de agilizar al máximo los procesos de edición del MNCARS.

De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente
Convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, según lo previsto en el mismo
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente Convenio será publicado en
el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado». El
MNCARS se compromete a informar al colaborador de estos hechos tan pronto ocurran.
El plazo de vigencia del Convenio será de 4 (cuatro) años a partir de la fecha en la que el
convenio resulte eficaz. Las partes podrán acordar expresamente y por escrito su
prórroga, hasta cuatro años adicionales o su extinción, según lo dispuesto en el
artículo 49, letra h) n.º 2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que se tramitará conforme
a lo previsto en la anterior Ley.

cve: BOE-A-2021-21200
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Vigencia.