III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Indultos. (BOE-A-2021-21174)
Real Decreto 1144/2021, de 21 de diciembre, por el que se indulta a doña Feliciana García Hernández.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 158906
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21174
Real Decreto 1144/2021, de 21 de diciembre, por el que se indulta a doña
Feliciana García Hernández.
Visto el expediente de indulto de doña Feliciana García Hernández, condenada por la
Audiencia Provincial de Salamanca, Sección Primera, en sentencia de 18 de abril
de 2018, como autora de un delito continuado de alzamiento de bienes a la pena de dos
años y seis meses de prisión y multa de dieciocho meses con una cuota diaria de 10
euros, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo
de condena, por hechos cometidos en el año 2014, en el que se han considerado los
informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a
las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado
expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de
Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de
diciembre de 2021,
Vengo en conmutar a doña Feliciana García Hernández la pena privativa de libertad
impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 21 de diciembre de 2021.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
cve: BOE-A-2021-21174
Verificable en https://www.boe.es
MARÍA PILAR LLOP CUENCA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 158906
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21174
Real Decreto 1144/2021, de 21 de diciembre, por el que se indulta a doña
Feliciana García Hernández.
Visto el expediente de indulto de doña Feliciana García Hernández, condenada por la
Audiencia Provincial de Salamanca, Sección Primera, en sentencia de 18 de abril
de 2018, como autora de un delito continuado de alzamiento de bienes a la pena de dos
años y seis meses de prisión y multa de dieciocho meses con una cuota diaria de 10
euros, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo
de condena, por hechos cometidos en el año 2014, en el que se han considerado los
informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a
las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado
expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de
Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de
diciembre de 2021,
Vengo en conmutar a doña Feliciana García Hernández la pena privativa de libertad
impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 21 de diciembre de 2021.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
cve: BOE-A-2021-21174
Verificable en https://www.boe.es
MARÍA PILAR LLOP CUENCA
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X