III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Foro para la Integración Social de los Inmigrantes. (BOE-A-2021-21203)
Orden ISM/1429/2021, de 13 de diciembre, por la que se designan las entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes en representación de las asociaciones de inmigrantes y refugiados y de las organizaciones sociales de apoyo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159199
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
21203
Orden ISM/1429/2021, de 13 de diciembre, por la que se designan las
entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Foro para la Integración
Social de los Inmigrantes en representación de las asociaciones de
inmigrantes y refugiados y de las organizaciones sociales de apoyo.
El Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, modificado por el Real Decreto 1164/2009,
de 10 de julio, por el que se regula la composición, competencias y régimen de
funcionamiento del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, dispone en sus
artículos 4, 8.4 y 8.5, que este órgano colegiado estará constituido, entre otros
miembros, por diez vocalías representantes de las asociaciones de inmigrantes y
refugiados, y otras diez en representación de las organizaciones sociales de apoyo, de
los cuales seis representarán a organizaciones no gubernamentales vinculadas al ámbito
inmigratorio, dos a las organizaciones sindicales y dos a las organizaciones
empresariales más representativas, con interés e implantación en el ámbito inmigratorio.
El artículo 9 del citado Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, regula la designación de
dichos vocales y prevé que serán designados por el Ministro de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones, a propuesta de la Secretaria de Estado de Migraciones, entre las
candidaturas que aquéllas hubiesen presentado y en función de los resultados del
proceso de selección de dichas entidades.
Por Orden ISM/1160/2020, de 30 de noviembre, se convocó el proceso para la
selección de las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes en
representación de las entidades arriba mencionadas.
Finalizado este proceso, una vez realizada la valoración de las candidaturas
presentadas, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Migraciones, de 7 de
septiembre de 2021, se hizo pública la relación de entidades propuestas para ocupar las
vocalías del citado órgano colegiado, así como las excluidas y el motivo de la exclusión.
Concluido el período de alegaciones a dicha Resolución y resueltas las mismas, la
Secretaría de Estado de Migraciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la
citada Orden ISM/1160/2020, de 30 de noviembre, ha elevado al titular de este Ministerio
la propuesta definitiva de las entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Foro
para la Integración Social de los Inmigrantes.
En su virtud, dispongo:
Primero.
Segundo.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el titular de este Ministerio en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
pudiendo asimismo ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de dicha jurisdicción.
cve: BOE-A-2021-21203
Verificable en https://www.boe.es
Designar a las entidades seleccionadas que figuran en el Anexo para cubrir las
vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, en representación de las
asociaciones de inmigrantes y refugiados y de las organizaciones sociales de apoyo.
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159199
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
21203
Orden ISM/1429/2021, de 13 de diciembre, por la que se designan las
entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Foro para la Integración
Social de los Inmigrantes en representación de las asociaciones de
inmigrantes y refugiados y de las organizaciones sociales de apoyo.
El Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, modificado por el Real Decreto 1164/2009,
de 10 de julio, por el que se regula la composición, competencias y régimen de
funcionamiento del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, dispone en sus
artículos 4, 8.4 y 8.5, que este órgano colegiado estará constituido, entre otros
miembros, por diez vocalías representantes de las asociaciones de inmigrantes y
refugiados, y otras diez en representación de las organizaciones sociales de apoyo, de
los cuales seis representarán a organizaciones no gubernamentales vinculadas al ámbito
inmigratorio, dos a las organizaciones sindicales y dos a las organizaciones
empresariales más representativas, con interés e implantación en el ámbito inmigratorio.
El artículo 9 del citado Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, regula la designación de
dichos vocales y prevé que serán designados por el Ministro de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones, a propuesta de la Secretaria de Estado de Migraciones, entre las
candidaturas que aquéllas hubiesen presentado y en función de los resultados del
proceso de selección de dichas entidades.
Por Orden ISM/1160/2020, de 30 de noviembre, se convocó el proceso para la
selección de las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes en
representación de las entidades arriba mencionadas.
Finalizado este proceso, una vez realizada la valoración de las candidaturas
presentadas, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Migraciones, de 7 de
septiembre de 2021, se hizo pública la relación de entidades propuestas para ocupar las
vocalías del citado órgano colegiado, así como las excluidas y el motivo de la exclusión.
Concluido el período de alegaciones a dicha Resolución y resueltas las mismas, la
Secretaría de Estado de Migraciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la
citada Orden ISM/1160/2020, de 30 de noviembre, ha elevado al titular de este Ministerio
la propuesta definitiva de las entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Foro
para la Integración Social de los Inmigrantes.
En su virtud, dispongo:
Primero.
Segundo.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el titular de este Ministerio en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
pudiendo asimismo ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de dicha jurisdicción.
cve: BOE-A-2021-21203
Verificable en https://www.boe.es
Designar a las entidades seleccionadas que figuran en el Anexo para cubrir las
vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, en representación de las
asociaciones de inmigrantes y refugiados y de las organizaciones sociales de apoyo.