II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-21045)
Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por concurso-oposición, a la categoría de Técnico Superior Gestión Investigación (Subgrupo A1)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 156442

los estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores, y en su caso los documentos que
acrediten su vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del
nacional de otro estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo deberán presentar
declaración firmada o promesa de éste de que no está separado o separada de derecho
de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas
o está a su cargo.
b) Fotocopia compulsada o cotejada del título académico exigible según la presente
convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios
para la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
adjuntarse la credencial que acredite su homologación.
c) Fotocopia compulsada o cotejada de los documentos acreditativos de los
requisitos o especialidades, en el caso, de que éstos figuren en la presente convocatoria.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada mediante
expediente disciplinario de cualquier administración o cargo público, así como de no
encontrarse inhabilitado o inhabilitada penalmente para el ejercicio de las funciones
públicas. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán,
además, efectuar la declaración de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena
penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
e) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesaria para el desempeño de las funciones de la categoría/escala ofertada. A estos
efectos los reconocimientos se realizaran a través del Servicio Integrado de Prevención y
Salud Laboral de la Universitat Politècnica de València, al objeto de que éste realice el
pertinente reconocimiento médico y expida el certificado médico que proceda.
f) Las personas aspirantes con diversidad funcional, deberán presentar fotocopia
compulsada o cotejada certificación de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas u
órganos competentes de otras Administraciones Públicas, que acredite discapacidad
igual o superior al treinta y tres por ciento, así como su capacidad para desempeñar las
funciones que correspondan a las vacantes ofertadas.
g) Fotocopia compulsada o cotejada de los documentos acreditativos de la
exención del pago de tasas de conformidad con la solicitud de la persona interesada.
11.2 Las personas aspirantes seleccionadas que dentro del plazo establecido en el
punto anterior, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación
acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombradas personal funcionario de carrera, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
11.3 Quienes tuvieran la condición de personal funcionario público o de personal
laboral al servicio de la Universitat Politècnica de València estarán exentos de justificar
las condiciones y requisitos que ya tuvieran anteriormente acreditados ante la misma. En
todo caso deberán presentar obligatoriamente la documentación prevista en el
apartado e) y en su caso la de los apartados f) y g).
No obstante lo anterior, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a exigir
una nueva acreditación de aquellos requisitos cuando lo considere conveniente por el
tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarde relación directa con las
funciones o tareas del puesto a desempeñar.
11.4 Con la finalidad de asegurar la cobertura de las vacantes convocadas, cuando
se produzcan renuncias, falta de acreditación de los requisitos exigidos en la
convocatoria para ser nombrada personal funcionario de carrera o concurra alguna de
las causas de pérdida de la condición de personal funcionario en las personas
propuestas antes de su nombramiento o toma de posesión, el Rector requerirá del
órgano técnico de selección relación complementaria de personas aspirantes aprobadas,
que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como personal funcionario de
carrera.

cve: BOE-A-2021-21045
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Núm. 304