III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-21093)
Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Acuerdo de cooperación educativa con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Martes 21 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 156787

Obligaciones del Estudiante.
El estudiante declara tener conocimiento de los términos del Acuerdo de Cooperación Educativa al
que se acoge este Anexo y asumirlos en la formulación y contenido convenidos. Especialmente, el
estudiante se compromete a:
-

-

Incorporarse a la CNMC en la fecha acordada
Cumplir el horario previsto y respetar sus normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales
Cumplir el proyecto formativo siguiendo las indicaciones de los tutores
Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la CNMC y guardar
secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez finalizada ésta.
Asimismo, deberá observar la normativa vigente en materia de propiedad intelectual e
industrial, y protección de secretos comerciales e industriales, siguiendo las directrices e
instrucciones de la CNMC en esta materia
A la conclusión de las prácticas, elaborar y entregar al tutor de la Universidad una Memoria
Final

Obligaciones de la CNMC.
-

Acoger al estudiante y organizar sus actividades con arreglo a lo establecido en el Proyecto
Formativo
Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas, y prestar ayuda al estudiante
en la resolución de las cuestiones que pueda necesitar en el desempeño de la actividad que
realiza
Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la normativa
de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales
Remitir al tutor académico de la Universidad la Memoria Final elaborada por el alumno,
acompañándola de una valoración de su comportamiento y aprovechamiento durante las
prácticas
Cumplir con aquellas otras obligaciones previstas en la normativa vigente y que resulten de
aplicación

Obligaciones de la Universidad.
-

Llevar a cabo la tutela del estudiante
Mantenerle en el régimen del Seguro Escolar y suscribir adicionalmente un seguro de
accidentes y responsabilidad civil
Respetar los aspectos confidenciales de la actividad desarrollada por el estudiante en la
CNMC
En el caso que proceda, otorgar, tras recibir el informe del tutor de la CNMC, la pertinente
calificación de las prácticas, que se hará constar en el expediente académico del estudiante

El presente Anexo se extinguirá por expiración del plazo acordado y podrá terminarse de forma
anticipada de acuerdo con lo previsto en el Convenio de Cooperación Educativa.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por triplicado ejemplar,
Por la Universidad,

Por la CNMC,
El Presidente, PD. (Res. 29/04/2021, BOE 14/05/2021), el
Secretario General,

Fdo.:

cve: BOE-A-2021-21093
Verificable en https://www.boe.es

Fdo.: José Manuel Bernabé Sánchez

Conforme del Estudiante,

Fdo.:

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X