V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2021-51596)
Anuncio de la Demarcación de Costas de Galicia de información pública relativa a los servicios de temporada en las playas de la provincia de A Coruña correspondientes al año 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Martes 21 de diciembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 75763
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
51596
Anuncio de la Demarcación de Costas de Galicia de información pública
relativa a los servicios de temporada en las playas de la provincia de A
Coruña correspondientes al año 2022.
Primero. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 113 y 152 del
Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de
octubre, la Demarcación de Costas de Galicia hace público que, en el plazo
comprendido entre el día siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en
el BOE y el 27 de enero de 2022, ambos inclusive, las personas físicas y jurídicas
interesadas podrán solicitar el otorgamiento de autorizaciones para los servicios de
temporada de playa (instalaciones de temporada: quioscos expendedores de
bebidas, hidropedales, hamacas, terrazas, etc.; y servicios de formación y
enseñanza de las modalidades deportivas de surf, bodyboard, longboard y paddle
surf) correspondientes al año 2022, que pretendan prestarse en terrenos de
dominio público marítimo-terrestre de la provincia de A Coruña, exceptuados los
comprendidos en los términos municipales mencionados en el apartado segundo
de este anuncio.
Segundo. Se exceptúan los servicios de temporada en los términos
municipales de Dumbría, Miño, Oleiros, Porto do Son y Valdoviño, cuyos
Ayuntamientos han asumido la gestión de dichos servicios. Salvo en los casos en
que dispongan de autorizaciones plurianuales, dichos Ayuntamientos tramitarán el
procedimiento para la adjudicación a terceros de los servicios, incluida la
publicación de los correspondientes anuncios, con indicación en ellos del plazo
para la presentación de ofertas o solicitudes de participación.
Cuarto. Para solicitar la prestación de servicios de temporada en los
Ayuntamientos que no han asumido la gestión, dentro de los plazos mencionados
en los apartados primero y tercero de este anuncio, según proceda en cada caso,
las personas físicas y jurídicas interesadas deberán presentar su solicitud en el
Registro del Ayuntamiento en que pretenda prestarse el servicio o en la forma
prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, empleando para ello el
modelo normalizado de solicitud disponible en las oficinas municipales y en la
Demarcación de Costas.
No serán admitidas a trámite las solicitudes que sean presentadas fuera de los
plazos establecidos en cada caso, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que
será notificada a las personas interesadas.
La autorización que otorgue la Demarcación en ningún caso exime de la
cve: BOE-B-2021-51596
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. En el caso particular de terrazas sobre paseos marítimos vinculadas a
establecimientos permanentes ubicados en los municipios cuyos Ayuntamientos no
han asumido la gestión de los servicios de temporada (todos los municipios
costeros de la provincia, salvo los de Dumbría, Miño, Oleiros, Porto do Son y
Valdoviño, que sí la han asumido), las solicitudes podrán presentarse desde el día
siguiente al de la publicación del anuncio en el BOE hasta el último día del
segundo mes anterior al en que se pretenda iniciar la actividad; si ese día fuese
inhábil, podrán presentarse hasta el primer día hábil del mes anterior al en que se
pretenda iniciar la actividad.
Núm. 304
Martes 21 de diciembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 75763
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
51596
Anuncio de la Demarcación de Costas de Galicia de información pública
relativa a los servicios de temporada en las playas de la provincia de A
Coruña correspondientes al año 2022.
Primero. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 113 y 152 del
Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de
octubre, la Demarcación de Costas de Galicia hace público que, en el plazo
comprendido entre el día siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en
el BOE y el 27 de enero de 2022, ambos inclusive, las personas físicas y jurídicas
interesadas podrán solicitar el otorgamiento de autorizaciones para los servicios de
temporada de playa (instalaciones de temporada: quioscos expendedores de
bebidas, hidropedales, hamacas, terrazas, etc.; y servicios de formación y
enseñanza de las modalidades deportivas de surf, bodyboard, longboard y paddle
surf) correspondientes al año 2022, que pretendan prestarse en terrenos de
dominio público marítimo-terrestre de la provincia de A Coruña, exceptuados los
comprendidos en los términos municipales mencionados en el apartado segundo
de este anuncio.
Segundo. Se exceptúan los servicios de temporada en los términos
municipales de Dumbría, Miño, Oleiros, Porto do Son y Valdoviño, cuyos
Ayuntamientos han asumido la gestión de dichos servicios. Salvo en los casos en
que dispongan de autorizaciones plurianuales, dichos Ayuntamientos tramitarán el
procedimiento para la adjudicación a terceros de los servicios, incluida la
publicación de los correspondientes anuncios, con indicación en ellos del plazo
para la presentación de ofertas o solicitudes de participación.
Cuarto. Para solicitar la prestación de servicios de temporada en los
Ayuntamientos que no han asumido la gestión, dentro de los plazos mencionados
en los apartados primero y tercero de este anuncio, según proceda en cada caso,
las personas físicas y jurídicas interesadas deberán presentar su solicitud en el
Registro del Ayuntamiento en que pretenda prestarse el servicio o en la forma
prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, empleando para ello el
modelo normalizado de solicitud disponible en las oficinas municipales y en la
Demarcación de Costas.
No serán admitidas a trámite las solicitudes que sean presentadas fuera de los
plazos establecidos en cada caso, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que
será notificada a las personas interesadas.
La autorización que otorgue la Demarcación en ningún caso exime de la
cve: BOE-B-2021-51596
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. En el caso particular de terrazas sobre paseos marítimos vinculadas a
establecimientos permanentes ubicados en los municipios cuyos Ayuntamientos no
han asumido la gestión de los servicios de temporada (todos los municipios
costeros de la provincia, salvo los de Dumbría, Miño, Oleiros, Porto do Son y
Valdoviño, que sí la han asumido), las solicitudes podrán presentarse desde el día
siguiente al de la publicación del anuncio en el BOE hasta el último día del
segundo mes anterior al en que se pretenda iniciar la actividad; si ese día fuese
inhábil, podrán presentarse hasta el primer día hábil del mes anterior al en que se
pretenda iniciar la actividad.