II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-20974)
Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 20 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 155761

investigador. Seguidamente la Comisión debatirá con el concursante sobre todos
aquellos aspectos que estime relevantes en relación con lo aportado o expuesto.
Finalizada la prueba, la Comisión deliberará y cada uno de sus miembros emitirá un
voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece cada uno de
los concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión. En caso de
unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado de la
Comisión.
6.5 Los resultados de evaluación de cada candidato, desglosada por cada uno de
los aspectos evaluados, serán publicados en la página web del Área de Personal de la
Universidad de Cádiz.
6.6 La propuesta del candidato elegido se hará pública en el lugar donde se haya
efectuado la prueba.
7.

Propuesta de provisión

7.1 La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una
relación de todos los candidatos y candidatas por orden de preferencia para su
nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso.
7.2 En los siete días hábiles siguientes al de finalizar la actuación de la Comisión, el
Secretario de la misma entregará en el Área de Personal de la Universidad de Cádiz el
expediente administrativo del concurso, que incorpora los documentos recogidos en el
punto 1 del artículo 14.º del Reglamento UCA/CG19/2008.
Los documentos entregados por los concursantes permanecerán depositados
durante un plazo de dos meses desde la fecha de la propuesta de la Comisión, salvo que
se interponga algún recurso, en cuyo caso el depósito continuará hasta que haya
resolución firme. Transcurridos seis meses adicionales sin que el interesado hubiera
retirado dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
7.3 Contra las propuestas de las Comisiones de los concursos de acceso, los
concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días
hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dichas propuestas. Admitida a trámite
la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución definitiva.
7.4 La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones, conforme a lo
establecido en el artículo 15 del Reglamento UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre, para
los Concursos de Acceso entre Acreditados a Cuerpos de Funcionarios Docentes
Universitarios de la Universidad de Cádiz, que ratificará o no la propuesta reclamada, en
el plazo máximo de tres meses a partir de la recepción de aquélla. El transcurso del
plazo establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.
Las resoluciones de esta Comisión serán vinculantes para el Rector. La resolución
del Rector agota la vía administrativa. En caso de no ratificarse la propuesta, se
retrotraerá el expediente al momento en que se produjo el vicio, debiendo la Comisión
evaluadora formular una nueva propuesta.
Presentación de documentos y nombramientos

8.1 Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en
cualquiera de los Registros de la Universidad de Cádiz dirigido al Área de Personal, en
los veinte días hábiles siguientes al de conclusión de las actuaciones de la Comisión,
excepto que sea personal de la Universidad de Cádiz y esté prestando servicios en la
misma, los siguientes documentos:
a) Copia compulsada del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad
distinta de la española.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.

cve: BOE-A-2021-20974
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