III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-21003)
Circular informativa 8/2021, de 1 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de petición de información a las empresas distribuidoras de energía eléctrica para la supervisión y cálculo de la retribución de la actividad.
207 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 20 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 156019

Formulario E2: Descriptivo del alcance muestral de las pruebas practicadas
y su traslado al informe de auditoría

Req.

Campo

Descripción

Tipo

Formato

Long.
fija

Ejemplo

C(14)

No

PB01-B9-00005

X

CODIGO_PRUEBA

Código Identificativo único de la
prueba establecido en el punto 5
del Anexo IV Auditorías para la
Cadena.
comprobación del procedimiento de
elaboración de la información IRC y
del área de otra información.

X

POBLACION

Se deberá indicar el n.º total de
registros.

Entero.

E(9)

No

56456465

X

MUESTRA

Se deberá indicar el n.º de
registros a verificar.

Entero.

E(9)

No

764564

X

INCORRECTOS

Número de observaciones
incorrectas detectadas de la
muestra considerada.

Entero.

E(9)

No

45665

X

CORRECTOS

Número de observaciones
correctas detectadas de la muestra Entero.
considerada.

E(9)

No

465456

NIVEL_CONFIANZA

Riesgo de que la conclusión del
auditor basada en una muestra
pueda diferir de la que.
obtendría aplicando el mismo
procedimiento de auditoría a toda
la población.

Porcentaje.

D(3,2)

No

95,00

REMUESTREO

El auditor deberá informar si fue
necesario efectuar una ampliación
de la muestra para obtener el nivel
de confianza exigido.
S: Sí.
N: No.

Entero.

C(1)



S

RESULTADO

El auditor deberá concluir sobre el
resultado de la prueba en los
siguientes términos:
S: Satisfactorio.
NS: No satisfactorio.
LA: Limitación del alcance.

Cadena.

C(2)

No

NS

IPU

Identificador único del párrafo del
informe de auditoría donde se
utilizan las conclusiones obtenidas
por esta verificación.

Cadena.

C(200)

No

L33-C22-A22

X

X

X

X

cve: BOE-A-2021-21003
Verificable en https://www.boe.es

Fichero CIRX_2021_E2_COD_DIS_AAAA.txt