III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20900)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial para 2020 del Convenio colectivo profesional entre la entidad pública empresarial ENAIRE y el colectivo de Controladores de Tránsito Aéreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Sábado 18 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 155351

Sandra Millán Pérez.
María del Mar Garciolo Palomero.
Por la representación sindical:
Por USCA:
Adolfo García Sánchez.
David Agea Merino.
Félix Cabrera Gámez.
Meritxell Calero García.
Dolores Moreno Mayoral.
Alberto Meler Vilella.
David Muñoz Garrido.
Joan Ramón Seuba.
Javier Santos Rodríguez.
Ángel Bellido Ramos (Asesor).
Por OCCA:
Esteban Pajares Muñoz.
POR SNCA:
Javier Lloret del Hoyo.
POR SPICA:
Tomás Virseda de Antonio.
Carlos Luis Beltrán García (Asesor).
Presidente: Jesús Cruz Villalón.
Secretaria de Actas: María del Mar Garciolo Palomero.
El día 8 de octubre de 2021, se reúnen mediante la aplicación informática TEAMS,
las partes relacionadas anteriormente, en calidad de representantes de la entidad pública
empresarial ENAIRE, por un lado, y de las organizaciones sindicales OCCA, SNCA,
SPICA y USCA, por otro, actuando en el ejercicio de la representación que ostentan,
previamente convocados al efecto.
MANIFIESTAN
Primero.

Segundo.
Que la eficacia del preacuerdo alcanzado quedó supeditada al informe favorable de
los órganos administrativos correspondientes.
Tercero.
Que se ha recibido informe favorable del preacuerdo, señalando únicamente que de
acuerdo con lo establecido en la normativa de referencia, el concepto complemento de

cve: BOE-A-2021-20900
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Que el pasado 11 de agosto de 2021, en el seno de la comisión negociadora prevista
en el artículo 5 del II Convenio colectivo profesional entre ENAIRE y el colectivo de
controladores de tránsito aéreo –II CCP–, ambos bancos suscribieron un «Preacuerdo
sobre la revisión salarial para el año 2020», en los términos que se detallan en el
apéndice I que se adjuntó al acta elaborada al efecto, de fecha 11 de agosto de 2021.