II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-20890)
Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 155250
asignaturas de las que el área de conocimiento de que se trate tiene asignadas en el
centro al que inicialmente se adscribe la plaza, y del proyecto investigador. Dicha
exposición tendrá una duración máxima de 60 minutos.
Concluida la exposición oral, la comisión debatirá con el candidato durante un tiempo
máximo de tres horas.
b) La segunda prueba consistirá en la exposición por el candidato, y posterior
debate con la comisión, de un tema del programa presentado por el candidato a su
elección, durante un tiempo máximo de tres horas.
5.2.2 Finalizadas las pruebas, cada miembro de la comisión entregará al presidente
un informe razonado incluyendo la valoración numérica y ajustado a los criterios
previamente establecidos por la comisión, valorando, en todo caso, todos los aspectos
referidos en la base 5.2.1.
La comisión deberá elaborar un documento con los resultados de la evaluación de
cada aspirante, desglosando cada uno de los aspectos evaluados.
Dicho documento se publicará en el e-TOUZ una vez concluido el proceso de
selección y antes de elevar al Rector la propuesta de provisión.
5.2.3 Entre la finalización de la primera prueba y el inicio de la segunda deberá
transcurrir un mínimo de 72 horas, salvo renuncia expresa y por escrito de todos los
participantes en el concurso.
6.
Propuesta de provisión
6.1 La comisión encargada de juzgar el concurso de acceso propondrá al rector,
motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden
de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el
número de plazas o dotaciones convocadas a concurso. La comisión podrá proponer de
manera motivada la no provisión de las plazas convocadas.
La anterior propuesta se publicará en el e-TOUZ en un plazo máximo de dos días
después de concluir las pruebas.
6.2 Finalizadas las actuaciones de la comisión de acceso, su secretario entregará
en el Servicio de Personal Docente e Investigador (Sección de Oposiciones, Concursos y
Reclamaciones de PDI) los documentos originales relativos a las actuaciones de la
comisión.
Simultáneamente, el secretario de la comisión de acceso entregará una copia de
dichos documentos y toda la documentación aportada por los candidatos al secretario
del centro en el que esté ubicada la sede del departamento al que esté adscrita la plaza.
Una vez finalizado con carácter firme el procedimiento del concurso, la documentación
podrá ser devuelta a los candidatos si así lo solicitan. En todo caso, si transcurridos tres
meses desde que el procedimiento devenga firme sin que los interesados hayan
solicitado la devolución de la documentación, se procederá a su destrucción, previa
notificación al interesado.
7. Reclamaciones contra la propuesta de la comisión de acceso
7.1 Plazo, acceso al expediente, órgano competente, escrito de reclamación y
alegaciones de los interesados.
Contra la propuesta de nombramiento realizada por la comisión de acceso, los
concursantes podrán presentar reclamación ante el rector en el plazo máximo de diez
días hábiles, contados desde el día siguiente al de su publicación en el e-TOUZ.
La reclamación se presentará a través del registro electrónico de la Universidad y
deberá contener toda la información exigida en el artículo 66.1 de la L39/15 y, de manera
especial y con toda claridad, los hechos, razones y petición en que se concrete la
reclamación. A tal fin, los aspirantes tendrán acceso al expediente del concurso en la
sede del departamento al que corresponda la plaza.
cve: BOE-A-2021-20890
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 302
Sábado 18 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 155250
asignaturas de las que el área de conocimiento de que se trate tiene asignadas en el
centro al que inicialmente se adscribe la plaza, y del proyecto investigador. Dicha
exposición tendrá una duración máxima de 60 minutos.
Concluida la exposición oral, la comisión debatirá con el candidato durante un tiempo
máximo de tres horas.
b) La segunda prueba consistirá en la exposición por el candidato, y posterior
debate con la comisión, de un tema del programa presentado por el candidato a su
elección, durante un tiempo máximo de tres horas.
5.2.2 Finalizadas las pruebas, cada miembro de la comisión entregará al presidente
un informe razonado incluyendo la valoración numérica y ajustado a los criterios
previamente establecidos por la comisión, valorando, en todo caso, todos los aspectos
referidos en la base 5.2.1.
La comisión deberá elaborar un documento con los resultados de la evaluación de
cada aspirante, desglosando cada uno de los aspectos evaluados.
Dicho documento se publicará en el e-TOUZ una vez concluido el proceso de
selección y antes de elevar al Rector la propuesta de provisión.
5.2.3 Entre la finalización de la primera prueba y el inicio de la segunda deberá
transcurrir un mínimo de 72 horas, salvo renuncia expresa y por escrito de todos los
participantes en el concurso.
6.
Propuesta de provisión
6.1 La comisión encargada de juzgar el concurso de acceso propondrá al rector,
motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden
de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el
número de plazas o dotaciones convocadas a concurso. La comisión podrá proponer de
manera motivada la no provisión de las plazas convocadas.
La anterior propuesta se publicará en el e-TOUZ en un plazo máximo de dos días
después de concluir las pruebas.
6.2 Finalizadas las actuaciones de la comisión de acceso, su secretario entregará
en el Servicio de Personal Docente e Investigador (Sección de Oposiciones, Concursos y
Reclamaciones de PDI) los documentos originales relativos a las actuaciones de la
comisión.
Simultáneamente, el secretario de la comisión de acceso entregará una copia de
dichos documentos y toda la documentación aportada por los candidatos al secretario
del centro en el que esté ubicada la sede del departamento al que esté adscrita la plaza.
Una vez finalizado con carácter firme el procedimiento del concurso, la documentación
podrá ser devuelta a los candidatos si así lo solicitan. En todo caso, si transcurridos tres
meses desde que el procedimiento devenga firme sin que los interesados hayan
solicitado la devolución de la documentación, se procederá a su destrucción, previa
notificación al interesado.
7. Reclamaciones contra la propuesta de la comisión de acceso
7.1 Plazo, acceso al expediente, órgano competente, escrito de reclamación y
alegaciones de los interesados.
Contra la propuesta de nombramiento realizada por la comisión de acceso, los
concursantes podrán presentar reclamación ante el rector en el plazo máximo de diez
días hábiles, contados desde el día siguiente al de su publicación en el e-TOUZ.
La reclamación se presentará a través del registro electrónico de la Universidad y
deberá contener toda la información exigida en el artículo 66.1 de la L39/15 y, de manera
especial y con toda claridad, los hechos, razones y petición en que se concrete la
reclamación. A tal fin, los aspirantes tendrán acceso al expediente del concurso en la
sede del departamento al que corresponda la plaza.
cve: BOE-A-2021-20890
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 302