III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-20806)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con la Universitat Abat Oliba CEU, para la evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador contratado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Jueves 16 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 154657
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
20806
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio
con la Universitat Abat Oliba CEU, para la evaluación de la actividad
investigadora del personal docente e investigador contratado.
La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación y la Universitat Abat
Oliba CEU han suscrito, con fecha 22 de noviembre de 2021, un convenio para la
evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador contratado,
por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» como anexo a la presente resolución.
Madrid, 23 de noviembre de 2021.–La Directora de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación, Mercedes Siles Molina.
ANEXO
Convenio entre el Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación
de la Calidad y Acreditación y la Universitat Abat Oliba Ceu, para la evaluación
de la actividad investigadora de personal docente e investigador contratado
REUNIDOS
EXPONEN
1. ANECA, a través de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad
Investigadora (en adelante CNEAI), realiza, mediante convocatorias de carácter anual, la
evaluación de la actividad investigadora de los funcionarios de carrera e interinos de los
cuerpos docentes universitarios de universidades públicas de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 2.4.2. del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre
retribuciones del profesorado universitario, en la redacción dada por la Disposición
cve: BOE-A-2021-20806
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, doña Mercedes Siles Molina, en nombre y representación de la
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (en adelante ANECA),
organismo autónomo adscrito al Ministerio de Universidades, según Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
CIF S2801299E. Interviene en calidad de Directora, nombrada por el Consejo Rector de
ANECA (Resolución de 19 de febrero de 2020, de la Presidencia del Consejo Rector, por
la que se publica el nombramiento, BOE de 29 de febrero de 2020), y actuando en virtud
de las atribuciones que le atribuye el artículo 16 del Estatuto del Organismo Autónomo
ANECA, aprobado por el Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre.
De otra parte, don Rafael Rodríguez-Ponga Salamanca, Rector de la Universitat Abat
Oliba CEU, actuando en nombre y representación de la Universitat Abat Oliba CEU, con
CIF G63095848 y sede en la calle Bellesguard 30, 08022 de Barcelona conforme a las
atribuciones que le confiere el artículo 39.1 c) de las Normas de Organización y
Funcionamiento de la Universitat Abat Oliba CEU (Acuerdo GOV/138/2011, de 11 de
octubre, por el que se aprueban las Normas de Organización y funcionamiento de la
Universitat Abat Oliba CEU), tras su nombramiento con fecha 1 de febrero de 2019 y
facultado por poder notarial expedido por el notario de Madrid Segismundo Álvarez Rayo
Villanueva, el 12 de febrero de 2019, con número de protocolo 516.
Núm. 300
Jueves 16 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 154657
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
20806
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio
con la Universitat Abat Oliba CEU, para la evaluación de la actividad
investigadora del personal docente e investigador contratado.
La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación y la Universitat Abat
Oliba CEU han suscrito, con fecha 22 de noviembre de 2021, un convenio para la
evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador contratado,
por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» como anexo a la presente resolución.
Madrid, 23 de noviembre de 2021.–La Directora de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación, Mercedes Siles Molina.
ANEXO
Convenio entre el Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación
de la Calidad y Acreditación y la Universitat Abat Oliba Ceu, para la evaluación
de la actividad investigadora de personal docente e investigador contratado
REUNIDOS
EXPONEN
1. ANECA, a través de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad
Investigadora (en adelante CNEAI), realiza, mediante convocatorias de carácter anual, la
evaluación de la actividad investigadora de los funcionarios de carrera e interinos de los
cuerpos docentes universitarios de universidades públicas de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 2.4.2. del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre
retribuciones del profesorado universitario, en la redacción dada por la Disposición
cve: BOE-A-2021-20806
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, doña Mercedes Siles Molina, en nombre y representación de la
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (en adelante ANECA),
organismo autónomo adscrito al Ministerio de Universidades, según Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
CIF S2801299E. Interviene en calidad de Directora, nombrada por el Consejo Rector de
ANECA (Resolución de 19 de febrero de 2020, de la Presidencia del Consejo Rector, por
la que se publica el nombramiento, BOE de 29 de febrero de 2020), y actuando en virtud
de las atribuciones que le atribuye el artículo 16 del Estatuto del Organismo Autónomo
ANECA, aprobado por el Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre.
De otra parte, don Rafael Rodríguez-Ponga Salamanca, Rector de la Universitat Abat
Oliba CEU, actuando en nombre y representación de la Universitat Abat Oliba CEU, con
CIF G63095848 y sede en la calle Bellesguard 30, 08022 de Barcelona conforme a las
atribuciones que le confiere el artículo 39.1 c) de las Normas de Organización y
Funcionamiento de la Universitat Abat Oliba CEU (Acuerdo GOV/138/2011, de 11 de
octubre, por el que se aprueban las Normas de Organización y funcionamiento de la
Universitat Abat Oliba CEU), tras su nombramiento con fecha 1 de febrero de 2019 y
facultado por poder notarial expedido por el notario de Madrid Segismundo Álvarez Rayo
Villanueva, el 12 de febrero de 2019, con número de protocolo 516.