V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-50724)
"Resolución de 13 de diciembre de 2021 de la Subdelegación del Gobierno en Huesca sobre finalización y revocación de procedimientos sancionadores".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Jueves 16 de diciembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 74283
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
‘’Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el
plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico’’.
QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación
corresponde a este órgano, toda vez que la competencia para la resolución de
procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves en este
ámbito la ostentan los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y
en las Ciudades de Ceuta y Melilla, de conformidad con el artículo 32.1.c) de la Ley
Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Dicha competencia ha sido delegada en la Subdelegada del Gobierno en Huesca
mediante Resolución de fecha 14/07/2015 (BOE de 17/07/2015). En consecuencia
con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos mencionados y en uso
de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
2441/2020
2065/2020
2043/2020
2037/2020
2034/2020
2033/2020
2026/2020
2019/2020
1908/2020
1902/2020
1900/2020
1831/2020
1824/2020
1822/2020
1818/2020
1813/2020
1804/2020
1803/2020
1799/2020
18028953N
47698730L
X5916712P
73156705F
X0282867J
X8927282Q
18173693J
52036659X
73204688N
X8960999S
X7449390N
18033810Q
X8794837M
73213272V
73206007C
18064919Y
72660758D
X9351625D
18093739F
Huesca
Monzón
Fraga
Fraga
Binéfar
Huesca
Jaca
Fraga
Fraga
Fraga
Fraga
Huesca
Fraga
Barbastro
Fraga
Huesca
Sabiñánigo
Fraga
Huesca
Resolución
Resolución
Resolución
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LO 4/2015
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LO 4/2015
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LO 4/2015
cve: BOE-B-2021-50724
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Núm. 300
Jueves 16 de diciembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 74283
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
‘’Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el
plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico’’.
QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación
corresponde a este órgano, toda vez que la competencia para la resolución de
procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves en este
ámbito la ostentan los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y
en las Ciudades de Ceuta y Melilla, de conformidad con el artículo 32.1.c) de la Ley
Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Dicha competencia ha sido delegada en la Subdelegada del Gobierno en Huesca
mediante Resolución de fecha 14/07/2015 (BOE de 17/07/2015). En consecuencia
con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos mencionados y en uso
de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
2441/2020
2065/2020
2043/2020
2037/2020
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47698730L
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X0282867J
X8927282Q
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52036659X
73204688N
X8960999S
X7449390N
18033810Q
X8794837M
73213272V
73206007C
18064919Y
72660758D
X9351625D
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Huesca
Monzón
Fraga
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Resolución
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LO 4/2015
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LO 4/2015
cve: BOE-B-2021-50724
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.