II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2021-20757)
Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 26 de noviembre de 2021, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, convocado por Resolución de 7 de octubre de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Jueves 16 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 154288
Estas subsanaciones se podrán realizar a través del a través del servicio de
Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, https://
ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias.
Para la subsanación de una posible omisión, se deberá remitir un correo electrónico
a oposiciones@miteco.es.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse y posibilitar
su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo
que no figuran en la relación de excluidos, sino que, además, sus nombres figuran en la
relación de admitidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, cuando ello
sea posible, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas
selectivas.
Finalizado dicho plazo y, en el caso de que se produzcan modificaciones, éstas se
expondrán en los mismos lugares que se indican en el apartado primero de esta
resolución.
Tercero.
Los escritos de subsanación presentados desde el pasado 2 de diciembre por los
aspirantes excluidos u omitidos se consideran admitidos, sin perjuicio de su posterior
valoración por el órgano competente, y no será necesario presentarlos de nuevo tras la
publicación de esta Resolución, salvo que las correcciones incluidas en la misma
modifiquen el objeto de la subsanación.
Cuarto.
Contra la presente resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
cve: BOE-A-2021-20757
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de diciembre de 2021.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, Miguel González Suela.
Núm. 300
Jueves 16 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 154288
Estas subsanaciones se podrán realizar a través del a través del servicio de
Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, https://
ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias.
Para la subsanación de una posible omisión, se deberá remitir un correo electrónico
a oposiciones@miteco.es.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse y posibilitar
su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo
que no figuran en la relación de excluidos, sino que, además, sus nombres figuran en la
relación de admitidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, cuando ello
sea posible, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas
selectivas.
Finalizado dicho plazo y, en el caso de que se produzcan modificaciones, éstas se
expondrán en los mismos lugares que se indican en el apartado primero de esta
resolución.
Tercero.
Los escritos de subsanación presentados desde el pasado 2 de diciembre por los
aspirantes excluidos u omitidos se consideran admitidos, sin perjuicio de su posterior
valoración por el órgano competente, y no será necesario presentarlos de nuevo tras la
publicación de esta Resolución, salvo que las correcciones incluidas en la misma
modifiquen el objeto de la subsanación.
Cuarto.
Contra la presente resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
cve: BOE-A-2021-20757
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de diciembre de 2021.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, Miguel González Suela.