III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-20796)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Universidad de Murcia, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Jueves 16 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 154591
Quinto.
Que en virtud de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021, se incluye en los presupuestos de la AEMPS una subvención
nominativa a la Universidad de Murcia, por un importe máximo de setenta y dos mil euros
(72.000 €) para proporcionar los datos de aislados de micoplasmas, realizar informes
específicos de cada aislado/diagnostico, preparar documentos técnicos sobre los
resultados y recomendaciones de tratamiento, y proporcionar regularmente todos los
datos al proyecto del Mapa Epidemiologico.
Que de acuerdo con el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, los Convenios serán el instrumento habitual para canalizar las
subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado,
teniendo a estos efectos el carácter de base reguladora de la concesión a los efectos de
lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones.
Este Convenio tiene por objeto canalizar dicha subvención, estableciendo el régimen
de la misma.
De conformidad con lo expuesto, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 22.2
y 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el
artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su
Reglamento, ambas entidades tienen a bien suscribir el presente Convenio de acuerdo
con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
El objeto del presente Convenio es la canalización de la subvención nominativa
establecida en los presupuestos de la AEMPS a favor de la Universidad de Murcia para
proporcionar los datos de aislados de micoplasmas, realizar informes específicos de
cada aislado/diagnostico, preparar documentos técnicos sobre los resultados y
recomendaciones de tratamiento, y proporcionar regularmente todos los datos al
proyecto del Mapa Epidemiologico.
El desarrollo de dichas actividades se atendrá a lo dispuesto en el presente
Convenio.
Segunda.
Compromisos de la Universidad de Murcia.
1. Proporcionar los datos de aislados de micoplasmas, asociada a su información
epidemiológica y sus CMI.
2. Preparación de documentos técnicos sobre los resultados y recomendaciones de
tratamiento.
3. Proporcionar todos los datos al proyecto del Mapa Epidemiológico.
Compromisos de la AEMPS.
1. Establecer las medidas oportunas tendentes a la gestión para la consecución del
objeto del presente Convenio, incluyendo la formación e información necesarias.
2. Será informada de los trabajos recogidos en la estipulación segunda.
3. Se reserva la facultad de requerir, a la Universidad de Murcia, cuanta
documentación se estime precisa para poder constatar la correcta ejecución del
Convenio y para poder proceder a la realización del pago del mismo.
Cuarta.
Protección de datos.
Ambas partes consienten que los datos personales del presente Convenio puedan
incorporarse a ficheros de titularidad de cada una de ellas con la única finalidad de
cve: BOE-A-2021-20796
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 300
Jueves 16 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 154591
Quinto.
Que en virtud de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021, se incluye en los presupuestos de la AEMPS una subvención
nominativa a la Universidad de Murcia, por un importe máximo de setenta y dos mil euros
(72.000 €) para proporcionar los datos de aislados de micoplasmas, realizar informes
específicos de cada aislado/diagnostico, preparar documentos técnicos sobre los
resultados y recomendaciones de tratamiento, y proporcionar regularmente todos los
datos al proyecto del Mapa Epidemiologico.
Que de acuerdo con el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, los Convenios serán el instrumento habitual para canalizar las
subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado,
teniendo a estos efectos el carácter de base reguladora de la concesión a los efectos de
lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones.
Este Convenio tiene por objeto canalizar dicha subvención, estableciendo el régimen
de la misma.
De conformidad con lo expuesto, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 22.2
y 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el
artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su
Reglamento, ambas entidades tienen a bien suscribir el presente Convenio de acuerdo
con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
El objeto del presente Convenio es la canalización de la subvención nominativa
establecida en los presupuestos de la AEMPS a favor de la Universidad de Murcia para
proporcionar los datos de aislados de micoplasmas, realizar informes específicos de
cada aislado/diagnostico, preparar documentos técnicos sobre los resultados y
recomendaciones de tratamiento, y proporcionar regularmente todos los datos al
proyecto del Mapa Epidemiologico.
El desarrollo de dichas actividades se atendrá a lo dispuesto en el presente
Convenio.
Segunda.
Compromisos de la Universidad de Murcia.
1. Proporcionar los datos de aislados de micoplasmas, asociada a su información
epidemiológica y sus CMI.
2. Preparación de documentos técnicos sobre los resultados y recomendaciones de
tratamiento.
3. Proporcionar todos los datos al proyecto del Mapa Epidemiológico.
Compromisos de la AEMPS.
1. Establecer las medidas oportunas tendentes a la gestión para la consecución del
objeto del presente Convenio, incluyendo la formación e información necesarias.
2. Será informada de los trabajos recogidos en la estipulación segunda.
3. Se reserva la facultad de requerir, a la Universidad de Murcia, cuanta
documentación se estime precisa para poder constatar la correcta ejecución del
Convenio y para poder proceder a la realización del pago del mismo.
Cuarta.
Protección de datos.
Ambas partes consienten que los datos personales del presente Convenio puedan
incorporarse a ficheros de titularidad de cada una de ellas con la única finalidad de
cve: BOE-A-2021-20796
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.