II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Destinos. (BOE-A-2021-20649)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 25 de octubre de 2021.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 15 de diciembre de 2021

Sec. II.A. Pág. 153655

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
20649

Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
25 de octubre de 2021.

Por Resolución de 25 de octubre de 2021 («Boletín Oficial del Estado» del 1 de
noviembre) se anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre
designación, puestos de trabajo en este Departamento, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 54 del Reglamento General de ingreso del
personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el día 26 de noviembre el
Centro Nacional de Información Geográfica emitió informe motivado en relación al puesto de
Subdirector/Subdirectora Adjunta; los días 29 de noviembre y 1 de diciembre se emitieron
sendos informes motivados por parte de la Dirección General de Planificación y Evaluación
de la Red Ferroviaria en relación a los puestos de Coordinador/Coordinadora y el día 30 de
noviembre la Dirección General de Programación Económica y Presupuestos emitió informe
motivado en relación al puesto de Director/Directora Técnico. En dichos informes se
especifican tanto los criterios de interés general elegidos como prioritarios para decidir los
nombramientos, como los méritos y capacidades que los candidatos y candidatas
propuestos reúnen para el desempeño de los puestos de trabajo.
Acreditada la observancia del procedimiento establecido en el título III, capítulo III,
del citado reglamento, así como el cumplimiento por parte de los candidatos y candidatas
de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, esta Subsecretaría, en
uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63.1.n de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve la referida convocatoria como
a continuación se indica:

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe,
potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el
mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes (artículo 123 y 124 de Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas) o recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente en el plazo de dos
meses (artículos 10.1.i, 14.1 Segunda y 46.1, de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Madrid, 3 de diciembre de 2021.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, Jesús M. Gómez García.

cve: BOE-A-2021-20649
Verificable en https://www.boe.es

Se adjudican los puestos a los funcionarios y funcionarias y en los términos que se
expresan en el anexo
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48, al que remite el 57, del Reglamento General antes citado.