V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-50604)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Burgos, de Revocación de Actos Administrativos de Gravamen o Desfavorables al Interesado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 15 de diciembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 74026

CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
"Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el
plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico".
QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación
corresponde a este órgano, toda vez que la competencia para la resolución de
procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves en este
ámbito la ostentan los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y
en las Ciudades de Ceuta y Melilla, de conformidad con el artículo 32.1.c) de la Ley
Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Dicha competencia ha sido delegada en el Subdelegado del Gobierno en Burgos
por Resolución de 22 de abril de 2021 (BOE 12-05-2021).
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de un
mes contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.

EXPEDIENTE
3650
3584
3413
3567
3529
3352
3307
3292
3486
3469
3488
3314
3533
3732
3710

AÑO
2020
2020
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2020
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2020
2020

NIF/NIE
X4636438Y
Y3237407X
Y5393315J
12761364K
71351004J
Y7560603B
X6140814K
13160199J
12510811F
71345441Q
X8324370A
X8854453M
Y5614909W
44461890S
Y0945051H

cve: BOE-B-2021-50604
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO