III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-20623)
Resolución de 27 de octubre de 2021, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica el Convenio con la Universidad de La Laguna, para la utilización de la "Gestión Integrada de Servicios de Registro" como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298
Martes 14 de diciembre de 2021
Decimotercera.
Sec. III. Pág. 153201
Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes
firman el presente Convenio.–Por la Secretaría General de Administración Digital, el
Secretario General de Administración Digital, Juan Jesús Torres Carbonell.–Por la
Universidad de La Laguna, la Rectora Magnífica, Rosa María Aguilar Chinea.
ANEXO I
Determinación de la contribución anual al mantenimiento del servicio
La contribución anual al mantenimiento de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER se establece en función de los siguientes criterios de uso y, teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala
la imposibilidad de que la aportación económica supere los gastos derivados de la
ejecución del convenio. Así se determinará, en función del número de asientos
registrales en oficinas de registro estimado (N):
– Si N < 20.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 5.000 euros.
– Si 20.000 ≤ N < 250.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante
la vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 12.500 euros.
– Si 250.000 ≤ N < 1.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 20.000 euros.
– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 30.000 euros.
– Si 2.000.000 ≤ N la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 euros.
Para la determinación de la contribución económica se entenderá N referido al
periodo de vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas, con
independencia de las anualidades que comprenda.
El número N representa todos los asientos registrales de entrada y salida que se
realicen en GEISER desde la fecha en la que el Convenio comience a surtir efectos hasta la
fecha de finalización del mismo. No se contabilizarán los asientos registrales que se realicen
a través de los servicios web de GEISER (REGECO) sin documentación adjunta.
ANEXO II
Doña Rosa María Aguiar Chinea, en calidad de Rectora Magnífica de la Universidad
de La Laguna (ULL), declara que durante el ejercicio 2020 el número de asientos
registrales de entrada y salida que fueron realizados conjuntamente en las oficinas de
registro que se incorporarán a la aplicación GEISER en las condiciones del presente
Convenio, asciende a un total de 1.038 asientos registrales.
Para el periodo anual inicial de vigencia del Convenio, se estima un total de 1.100
asientos registrales.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
anualidad de vigencia del convenio, los compromisos financieros asumidos.
Fdo. Rosa María Aguiar Chinea.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-20623
Verificable en https://www.boe.es
Estimación de uso
Núm. 298
Martes 14 de diciembre de 2021
Decimotercera.
Sec. III. Pág. 153201
Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes
firman el presente Convenio.–Por la Secretaría General de Administración Digital, el
Secretario General de Administración Digital, Juan Jesús Torres Carbonell.–Por la
Universidad de La Laguna, la Rectora Magnífica, Rosa María Aguilar Chinea.
ANEXO I
Determinación de la contribución anual al mantenimiento del servicio
La contribución anual al mantenimiento de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER se establece en función de los siguientes criterios de uso y, teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala
la imposibilidad de que la aportación económica supere los gastos derivados de la
ejecución del convenio. Así se determinará, en función del número de asientos
registrales en oficinas de registro estimado (N):
– Si N < 20.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 5.000 euros.
– Si 20.000 ≤ N < 250.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante
la vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 12.500 euros.
– Si 250.000 ≤ N < 1.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 20.000 euros.
– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 30.000 euros.
– Si 2.000.000 ≤ N la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 euros.
Para la determinación de la contribución económica se entenderá N referido al
periodo de vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas, con
independencia de las anualidades que comprenda.
El número N representa todos los asientos registrales de entrada y salida que se
realicen en GEISER desde la fecha en la que el Convenio comience a surtir efectos hasta la
fecha de finalización del mismo. No se contabilizarán los asientos registrales que se realicen
a través de los servicios web de GEISER (REGECO) sin documentación adjunta.
ANEXO II
Doña Rosa María Aguiar Chinea, en calidad de Rectora Magnífica de la Universidad
de La Laguna (ULL), declara que durante el ejercicio 2020 el número de asientos
registrales de entrada y salida que fueron realizados conjuntamente en las oficinas de
registro que se incorporarán a la aplicación GEISER en las condiciones del presente
Convenio, asciende a un total de 1.038 asientos registrales.
Para el periodo anual inicial de vigencia del Convenio, se estima un total de 1.100
asientos registrales.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
anualidad de vigencia del convenio, los compromisos financieros asumidos.
Fdo. Rosa María Aguiar Chinea.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-20623
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