III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2021-20616)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la intervención de los profesionales de las Unidades de Conductas Adictivas para el tratamiento y seguimiento de penados con problemas de adicciones y formación dirigida a los trabajadores del Centro Penitenciario de Palma de Mallorca, Centro de Inserción Social de Mallorca Joaquín Ruíz Giménez, Unidad de Madres y Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298
Martes 14 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 153151
programas y servicios en materia de adicciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de las Illes Balears, así como de la gestión del sistema público de atención a las
adicciones, que ejerce a través de la Coordinación Autonómica de Drogas de la
Dirección General de Salud Pública y Participación, de acuerdo con las previsiones de la
Ley 4/2005, de 29 de abril, sobre drogodependencias y otras adicciones, de la Estrategia
nacional sobre adicciones 2017-2024 y del Plan nacional de drogodependencias, del
cual la Consejería forma parte.
Sexto.
Que la adicción a las drogas entre la población penitenciaria está muy extendida y
supone una dificultad a la hora de reinsertar adecuadamente al recluso en la sociedad.
Aparte de ello, conlleva consecuencias negativas para la salud del recluso que inciden
en la salud de la población. En este sentido, las actuaciones llevadas a cabo en el
ámbito de los establecimientos penitenciarios son cruciales para ayudar al adicto, en su
situación de internamiento, a superar su adicción y evitar posibles recaídas, así como
para prevenir el consumo de drogas en población reclusa que carece de este hábito pero
que es muy vulnerable, dada la presión del entorno, a caer en él.
Séptimo.
Que la Consejería de Salud y Consumo de las Illes Balears está en disposición de
desarrollar actividades dirigidas al tratamiento de las personas penadas de cualquiera de
los centros objeto de este convenio, con la intervención de los profesionales de las
Unidades de Conductas Adictivas (UCAs), así como actividades formativas dirigidas a los
trabajadores de dichos centros penitenciarios con la intervención de los profesionales
expertos en tema de adicciones, para coordinar esfuerzos entre ambas instituciones en
orden a la consecución de los objetivos de tratamiento y disminución de recaídas en lo
referente al consumo de drogas, sustancias estupefacientes, y prácticas de riesgo
relacionadas, así como la lucha contra el tabaquismo.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer la forma de colaboración entre la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Consejería de Salud y Consumo
de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de tratamiento y seguimiento
de los penados y, en la formación de los trabajadores de Instituciones Penitenciarias en
materia de drogodependencias y otras conductas adictivas, y prácticas de riesgo
relacionadas.
El ámbito de aplicación del presente Convenio se circunscribe al Centro Penitenciario
de Mallorca, situado en la carretera de Sóller, s/n, de Palma, al Centro de Inserción
Social Joaquín Ruiz Jiménez Cortés, la Unidad de Madres y el Servicio de Gestión de
Penas y Medidas Alternativas situado en la calle Son Sastre, 2 de Palma. Podrán
beneficiarse del tratamiento todas aquellas personas con penas privativas de libertad o
medidas alternativas que así lo soliciten, con independencia de su situación procesalpenal, y cumplan los criterios de inclusión en el programa. Por otra parte, podrán
beneficiarse de la formación el personal funcionario o laboral que por razón de su trabajo
(vigilancia, enfermería, tratamiento, etc.) tenga contacto con los internos, según la
necesidad detectada por parte de los centros penitenciarios.
cve: BOE-A-2021-20616
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 298
Martes 14 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 153151
programas y servicios en materia de adicciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de las Illes Balears, así como de la gestión del sistema público de atención a las
adicciones, que ejerce a través de la Coordinación Autonómica de Drogas de la
Dirección General de Salud Pública y Participación, de acuerdo con las previsiones de la
Ley 4/2005, de 29 de abril, sobre drogodependencias y otras adicciones, de la Estrategia
nacional sobre adicciones 2017-2024 y del Plan nacional de drogodependencias, del
cual la Consejería forma parte.
Sexto.
Que la adicción a las drogas entre la población penitenciaria está muy extendida y
supone una dificultad a la hora de reinsertar adecuadamente al recluso en la sociedad.
Aparte de ello, conlleva consecuencias negativas para la salud del recluso que inciden
en la salud de la población. En este sentido, las actuaciones llevadas a cabo en el
ámbito de los establecimientos penitenciarios son cruciales para ayudar al adicto, en su
situación de internamiento, a superar su adicción y evitar posibles recaídas, así como
para prevenir el consumo de drogas en población reclusa que carece de este hábito pero
que es muy vulnerable, dada la presión del entorno, a caer en él.
Séptimo.
Que la Consejería de Salud y Consumo de las Illes Balears está en disposición de
desarrollar actividades dirigidas al tratamiento de las personas penadas de cualquiera de
los centros objeto de este convenio, con la intervención de los profesionales de las
Unidades de Conductas Adictivas (UCAs), así como actividades formativas dirigidas a los
trabajadores de dichos centros penitenciarios con la intervención de los profesionales
expertos en tema de adicciones, para coordinar esfuerzos entre ambas instituciones en
orden a la consecución de los objetivos de tratamiento y disminución de recaídas en lo
referente al consumo de drogas, sustancias estupefacientes, y prácticas de riesgo
relacionadas, así como la lucha contra el tabaquismo.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer la forma de colaboración entre la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Consejería de Salud y Consumo
de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de tratamiento y seguimiento
de los penados y, en la formación de los trabajadores de Instituciones Penitenciarias en
materia de drogodependencias y otras conductas adictivas, y prácticas de riesgo
relacionadas.
El ámbito de aplicación del presente Convenio se circunscribe al Centro Penitenciario
de Mallorca, situado en la carretera de Sóller, s/n, de Palma, al Centro de Inserción
Social Joaquín Ruiz Jiménez Cortés, la Unidad de Madres y el Servicio de Gestión de
Penas y Medidas Alternativas situado en la calle Son Sastre, 2 de Palma. Podrán
beneficiarse del tratamiento todas aquellas personas con penas privativas de libertad o
medidas alternativas que así lo soliciten, con independencia de su situación procesalpenal, y cumplan los criterios de inclusión en el programa. Por otra parte, podrán
beneficiarse de la formación el personal funcionario o laboral que por razón de su trabajo
(vigilancia, enfermería, tratamiento, etc.) tenga contacto con los internos, según la
necesidad detectada por parte de los centros penitenciarios.
cve: BOE-A-2021-20616
Verificable en https://www.boe.es
Primera.