III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-20564)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y el Consejo de Seguridad Nuclear.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297
Lunes 13 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152914
Públicas y en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, tiene actualmente suscrito un Convenio de
Asistencia Jurídica, de fecha 7 de marzo de 2018 y publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» con fecha 14 de abril de 2018, con la Abogacía General del Estado-Dirección
del Servicio Jurídico del Estado.
Segundo.
Que la cláusula quinta del Convenio de Asistencia Jurídica establece cuatro años
como período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo
como máximo por cuatro años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado
antes de la finalización de dicho período de vigencia.
Es por ello que las partes,
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar el convenio de asistencia jurídica de 7 de marzo de 2018, por cuatro años
más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.
Segundo.
En todo lo demás el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre la Abogacía
General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y el Consejo de Seguridad
Nuclear el 7 de marzo de 2018, mantiene su vigencia.
Tercero.
La presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Adicionalmente, deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-20564
Verificable en https://www.boe.es
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente
Adenda.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado,
Consuelo Castro Rey.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Josep María
Serena i Sender.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 297
Lunes 13 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152914
Públicas y en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, tiene actualmente suscrito un Convenio de
Asistencia Jurídica, de fecha 7 de marzo de 2018 y publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» con fecha 14 de abril de 2018, con la Abogacía General del Estado-Dirección
del Servicio Jurídico del Estado.
Segundo.
Que la cláusula quinta del Convenio de Asistencia Jurídica establece cuatro años
como período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo
como máximo por cuatro años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado
antes de la finalización de dicho período de vigencia.
Es por ello que las partes,
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar el convenio de asistencia jurídica de 7 de marzo de 2018, por cuatro años
más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.
Segundo.
En todo lo demás el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre la Abogacía
General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y el Consejo de Seguridad
Nuclear el 7 de marzo de 2018, mantiene su vigencia.
Tercero.
La presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Adicionalmente, deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-20564
Verificable en https://www.boe.es
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente
Adenda.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado,
Consuelo Castro Rey.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Josep María
Serena i Sender.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X