II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Destinos. (BOE-A-2021-20530)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 14 de julio de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 13 de diciembre de 2021

Sec. II.A. Pág. 152724

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
20530

Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 14 de julio de
2021.

Por Resolución de 14 de julio de 2021 (BOE del 19), se convocó concurso específico,
con referencia 1E/2021, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el
Departamento.
Cumplimentadas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y
procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria sobre el plazo de
presentación de instancias, examen de las mismas y valoración de los méritos alegados
por los candidatos por la correspondiente Comisión de Valoración,
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha resuelto
resolver definitivamente el mencionado concurso en los siguientes términos:
Primero.
Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de méritos y resolver el concurso,
adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios en los
términos que se recogen en el anexo a esta resolución.
Segundo.
Declarar desierto y/o sin adjudicar los puestos que se especifican en el citado anexo,
motivados por falta de peticionarios, por no haber alcanzado ninguno de los candidatos
la puntuación mínima exigida, o por cualquier otra circunstancia prevista en la resolución
de la convocatoria.

El plazo para tomar posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si
la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde su publicación. El cómputo del plazo para el cese no se
iniciará mientras no finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido
concedidos a los funcionarios.
Cuarto.
Aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la situación de servicios
especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho, mientras duren las
citadas situaciones, a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso
formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo el reingreso al
servicio activo.

cve: BOE-A-2021-20530
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.