II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-20503)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna para personas con diversidad funcional intelectual, por concurso-oposición, a la categoría de Ayudante de Servicios (Subgrupo C1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 11 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 152496
15.5 El tribunal, así como el personal colaborador, ayudante y asesor especialista,
podrá exigir de las personas aspirantes, en cualquier momento, que acrediten su
identidad.
15.6 A los efectos de comunicaciones y de cualesquiera otras incidencias el tribunal tendrá
su sede en la Universitat Politècnica de València, Camino de Vera s/n, CP 46071, Valencia.
15.7 El tribunal tendrá la categoría señalada en el Decreto 88/2008, de 20 de junio,
del Consell de la Generalitat Valenciana, sobre indemnizaciones por razón del servicio y
gratificaciones por servicios.
15.8 El tribunal tendrá la consideración de órgano colegiado de la Administración, y
como tal estará sometido a las normas contenidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
En virtud de esta ley podrá constituirse, convocar y celebrar sus sesiones, adoptar
acuerdos y remitir las actas de sus reuniones, tanto de forma presencial como a
distancia. Si el tribunal optase por esta opción de actuaciones no presenciales, utilizara
los medios electrónicos, con respeto a lo establecido en los artículos 17 y 18 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En el caso de que las sesiones y actuaciones del tribunal se lleve a cabo por medios
electrónicos, se deberá publicar en la sede electrónica de la Universitat Politècnica
València: sede.upv.es (apartado anuncios) y en la microweb del Servicio de Recursos
Humanos, cuya dirección es: http://www.upv.es/entidades/SRH/; el correspondiente
acuerdo para general conocimiento de todas las personas aspirantes.
16.
Recursos
16.1 Contra la presente convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, la
persona interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana». Asimismo, con
carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el
día siguiente al de la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», ante el mismo
órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los
artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
16.2 Contra los actos del tribunal, que no ponen fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122,
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Este recurso se podrá interponer ante el órgano que dictó el acto
que se impugna o ante el Rector como órgano competente para resolverlo.
Valencia, 1 de diciembre de 2021.–El Rector, José Esteban Capilla Romá.
ANEXO I
Número de plazas: 1.
Denominación de la plaza: Ayudante de servicios.
Clasificación profesional: C1/C2 15 E012.
Titulación: Bachiller o técnico, o haber superado la prueba de acceso para mayores
de 25 años a la Universidad, o titulación equivalente.(1)
Jornada: Dedicación ordinaria.
Localidad: Valencia.
(1)
De acuerdo con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen
equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
cve: BOE-A-2021-20503
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 296
Sábado 11 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 152496
15.5 El tribunal, así como el personal colaborador, ayudante y asesor especialista,
podrá exigir de las personas aspirantes, en cualquier momento, que acrediten su
identidad.
15.6 A los efectos de comunicaciones y de cualesquiera otras incidencias el tribunal tendrá
su sede en la Universitat Politècnica de València, Camino de Vera s/n, CP 46071, Valencia.
15.7 El tribunal tendrá la categoría señalada en el Decreto 88/2008, de 20 de junio,
del Consell de la Generalitat Valenciana, sobre indemnizaciones por razón del servicio y
gratificaciones por servicios.
15.8 El tribunal tendrá la consideración de órgano colegiado de la Administración, y
como tal estará sometido a las normas contenidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
En virtud de esta ley podrá constituirse, convocar y celebrar sus sesiones, adoptar
acuerdos y remitir las actas de sus reuniones, tanto de forma presencial como a
distancia. Si el tribunal optase por esta opción de actuaciones no presenciales, utilizara
los medios electrónicos, con respeto a lo establecido en los artículos 17 y 18 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En el caso de que las sesiones y actuaciones del tribunal se lleve a cabo por medios
electrónicos, se deberá publicar en la sede electrónica de la Universitat Politècnica
València: sede.upv.es (apartado anuncios) y en la microweb del Servicio de Recursos
Humanos, cuya dirección es: http://www.upv.es/entidades/SRH/; el correspondiente
acuerdo para general conocimiento de todas las personas aspirantes.
16.
Recursos
16.1 Contra la presente convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, la
persona interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana». Asimismo, con
carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el
día siguiente al de la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», ante el mismo
órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los
artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
16.2 Contra los actos del tribunal, que no ponen fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122,
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Este recurso se podrá interponer ante el órgano que dictó el acto
que se impugna o ante el Rector como órgano competente para resolverlo.
Valencia, 1 de diciembre de 2021.–El Rector, José Esteban Capilla Romá.
ANEXO I
Número de plazas: 1.
Denominación de la plaza: Ayudante de servicios.
Clasificación profesional: C1/C2 15 E012.
Titulación: Bachiller o técnico, o haber superado la prueba de acceso para mayores
de 25 años a la Universidad, o titulación equivalente.(1)
Jornada: Dedicación ordinaria.
Localidad: Valencia.
(1)
De acuerdo con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen
equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
cve: BOE-A-2021-20503
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 296