V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. (BOE-B-2021-50169)
Extracto de la Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto "Industria Conectada 4.0"
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296

Sábado 11 de diciembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 73121

Talleres demostrativos de contenido práctico, que acerquen las soluciones
digitales a las empresas industriales beneficiarias del asesoramiento.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden EIC/743/2017, de 28 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación
digital de la industria española en el marco del proyecto industria conectada 4.0,
publicada en el Boletín Oficial del Estado número 183, de 2 de agosto de 2017 y
modificada por la Orden ICT/818/2020, de 10 de agosto, publicada en el Boletín
Oficial del Estado número 237, de 4 de septiembre de 2020.
Cuarto. Cuantía.
El gasto total para esta convocatoria será de CIENTO CINCUENTA Y SEIS
MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO EUROS (156.145,00 €) y se realizará con
cargo al presupuesto de gastos del Convenio de Colaboración suscrito entre la
Fundación EOI y la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía, concretamente se
cofinancia:
CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCO EUROS (58.905,00 €) por
la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades de la Junta de Andalucía.
NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA EUROS (97.240,00 €)
por la Fundación EOI con cargo a la aplicación presupuestaria de la Secretaría
General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo, conforme a lo establecido en el Convenio de
Colaboración de fecha 31 de julio de 2020 (BOE 13 de agosto de 2020).
El precio del servicio objeto de ayuda es de NUEVE MIL SETECIENTOS
NOVENTA EUROS (9.790,00) €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos
incluidos.

La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando SEISCIENTOS
CINCO EUROS (605,00 €). Para que se proceda a la realización del
asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado
previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20% del importe del total de
la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa
beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta
será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del
asesoramiento.
La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde,
mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la
convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la
factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

cve: BOE-B-2021-50169
Verificable en https://www.boe.es

La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en
especie con una cuantía máxima individualizada de NUEVE MIL CIENTO
OCHENTA Y CINCO EUROS (9.185,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que
complete el proceso de asesoramiento.